Procesado y preso por atacar a su ex en Viedma
VIEDMA (AV).- Un hombre fue procesado por las lesiones que le provocó a su expareja y madre de sus hijos. Además de las heridas, agravados por el vínculo, a Guillermo Contreras se le imputaron los delitos de daño y hurto simple por llevarse consigo un celular y una cámara fotográfica de la víctima. Para el juez penal de Viedma Guillermo Bustamante, según las pruebas y testimonios reunidos, el hombre agredió a golpes a su ex luego de ingresar por la fuerza a la vivienda de ella, rompiendo la puerta. La víctima sufrió excoriaciones en la cara y un hematoma en la boca. “Basta tener en cuenta los escalofriantes dichos de la denunciante”, valoró el juez. Según su testimonio, esa noche Contreras se presentó en la casa y al negarle ella el ingreso su exmarido abrió a patadas la puerta. Al entrar no sólo la insultó sino que la golpeó en presencia de los hijos de ambos que hasta intentaron hacer cesar a su padre en la violenta actitud. Bustamante dictó el procesamiento de Contreras encuadrando su conducta como “lesiones leves calificadas por el vínculo, daños y hurto simple. “Lo dicho por la damnificada encuentra respaldo en los informes médicos producidos, los cuales son claros, ya que acreditan la compatibilidad existente entre la versión dada por la víctima y las lesiones constatadas”, sostuvo el juez en la resolución. Agregó que los dichos de la damnificada se ven reforzados por lo declarado por sus vecinas, quienes acudieron de inmediato al domicilio, vieron cuando Contreras salía y notaron el estado de desesperación que presentaba la mujer. El magistrado consideró que con su accionar, Contreras generó “un ataque a la materialidad y disponibilidad de la cosa” (en referencia a la puerta de la vivienda) que “eliminó y disminuyó su valor”. Además sostuvo que “el imputado actuó en forma dolosa al cometer el hecho a sabiendas de su injusticia y a propósito, buscando sólo el dañar por dañar y por el sólo ánimo de perjudicar”. Encuadró como dolosa la actitud de Contreras en relación a la sustracción de elementos de la víctima y le dictó la prisión preventiva por considerar que era la única forma de garantizar que la víctima y los testigos puedan llegar al juicio manteniéndose en sus dichos “sin el temor que podría ocasionarles que Contreras circule en libertad”.
VIEDMA (AV).- Un hombre fue procesado por las lesiones que le provocó a su expareja y madre de sus hijos. Además de las heridas, agravados por el vínculo, a Guillermo Contreras se le imputaron los delitos de daño y hurto simple por llevarse consigo un celular y una cámara fotográfica de la víctima. Para el juez penal de Viedma Guillermo Bustamante, según las pruebas y testimonios reunidos, el hombre agredió a golpes a su ex luego de ingresar por la fuerza a la vivienda de ella, rompiendo la puerta. La víctima sufrió excoriaciones en la cara y un hematoma en la boca. “Basta tener en cuenta los escalofriantes dichos de la denunciante”, valoró el juez. Según su testimonio, esa noche Contreras se presentó en la casa y al negarle ella el ingreso su exmarido abrió a patadas la puerta. Al entrar no sólo la insultó sino que la golpeó en presencia de los hijos de ambos que hasta intentaron hacer cesar a su padre en la violenta actitud. Bustamante dictó el procesamiento de Contreras encuadrando su conducta como “lesiones leves calificadas por el vínculo, daños y hurto simple. “Lo dicho por la damnificada encuentra respaldo en los informes médicos producidos, los cuales son claros, ya que acreditan la compatibilidad existente entre la versión dada por la víctima y las lesiones constatadas”, sostuvo el juez en la resolución. Agregó que los dichos de la damnificada se ven reforzados por lo declarado por sus vecinas, quienes acudieron de inmediato al domicilio, vieron cuando Contreras salía y notaron el estado de desesperación que presentaba la mujer. El magistrado consideró que con su accionar, Contreras generó “un ataque a la materialidad y disponibilidad de la cosa” (en referencia a la puerta de la vivienda) que “eliminó y disminuyó su valor”. Además sostuvo que “el imputado actuó en forma dolosa al cometer el hecho a sabiendas de su injusticia y a propósito, buscando sólo el dañar por dañar y por el sólo ánimo de perjudicar”. Encuadró como dolosa la actitud de Contreras en relación a la sustracción de elementos de la víctima y le dictó la prisión preventiva por considerar que era la única forma de garantizar que la víctima y los testigos puedan llegar al juicio manteniéndose en sus dichos “sin el temor que podría ocasionarles que Contreras circule en libertad”.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora