Los gastos de campaña se deberán rendir a los tres meses del comicio

A diferencia de la norma nacional, se permiten ingresos de personas jurídicas pero no podrán ser sindicatos o concesionarios de servicios.

Los partidos políticos y alianzas que compitan en las elecciones provinciales del 2019 tendrán nuevas reglas para financiar sus campañas. Con la aplicación del Código Electoral sancionado en 2016, los ingresos y gastos deberán rendirse dentro de los 90 días de finalizados los comicios y no podrán contener donaciones anónimas, de sindicatos o concesionarios de servicios.

A diferencia de la ley nacional, que prohibe el aporte de personas jurídicas –señalado ahora como lo que dio lugar a supuestas falsificaciones a través de “aportantes truchos”–, la ley 3053 de Neuquén permite estas contribuciones. Establece como excepciones a las entidades públicas, a las empresas que sean concesionarias de servicios, a las que estén radicadas en el extranjero y a las asociaciones profesionales y sindicales. Tampoco admite aportes anónimos ni de personas o sociedades que exploten juegos de azar.

Si bien el proyecto que había enviado el gobernador Omar Gutiérrez a la Legislatura contenía un tope de dinero para las campañas electorales, los diputados lo retiraron de la ley.

La redacción original establecía que el gasto de los partidos políticos o alianzas no podía superar el equivalente a un módulo electoral y medio (el valor se define en la ley de presupuesto) por cada elector empadronado en la elección. También fijaba un tope para los aportes de personas jurídicas del 5% sobre el monto máximo.

Pese a que estas pautas que contribuían a una mayor equidad entre los partidos quedaron afuera del Código Electoral, la sanción significó un avance, ya que el anterior no establecía ningún tipo de reglamentación para el financiamiento de campañas.

Actualmente los gastos electorales provinciales son prácticamente inaccesibles, sea porque no son publicados o bien porque los partidos no los presentan. La ley que se aplicará por primera vez en los comicios del año que viene les da un plazo de 90 días a los partidos y alianzas para que presenten un informe final con los aportes privados recibidos que debe precisar el nombre o razón social y CUIT o CUIL del donante y monto, así como el total de los gastos de la campaña con sus comprobantes o factura.

Los encargados de esa tarea serán los responsables políticos de campaña electoral, quienes deberán abrir una cuenta especial en el Banco Provincia del Neuquén (BPN) para depositar el dinero que se utilice en la actividad proselitista.

En el debate por el financiamiento de las campañas hubo posiciones encontradas en la Legislatura. El oficialismo defendió que los partidos políticos no reciben fondos públicos, mientras que la oposición reclamó que era un requisito para la competencia igualitaria. La ley sólo se contempló la asignación de espacios en medios audiovisuales.

Neuquén investigó aportantes truchos

El escándalo por supuestos “aportantes truchos” en la rendición de gastos de campaña de Cambiemos en Buenos Aires tuvo un antecedente similar en Neuquén.

La investigación fue por el financiamiento de las elecciones de diputados nacionales del 2007 y recayó sobre el exgobernador Jorge Sobisch, por entonces presidente del MPN, el responsable económico Rodrigo Salvadó y la tesorera Liliana Gómez.

El informe de gastos fue desaprobado por la justicia electoral y la jueza Carolina Pandolfi aplicó una sanción de dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos sobre los tres imputados, pero no quedó firme.

La Cámara Nacional Electoral sobreseyó a Sobisch por recomendación del fiscal Jorge Di Lello, quien evaluó que la ley de partidos políticos ya no preveía estas sanciones para los presidentes de partido. Además, consignó la posibilidad de un error administrativo en la registración del dinero aportado para la campaña.

Elección provincial

Datos

3.053
es la ley que reglamentó el nuevo Código Electoral de Neuquén. Fue aprobada en diciembre de 2016.
90
días tendrán los responsables de campaña para presentar el informe final de gastos una vez finalizados los comicios.

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