Empleadas domésticas: Cómo funciona el preaviso de despido y cómo debe pagarse

Legalmente se establece que las empleadas domésticas pueden acceder a estos derechos, según estén registradas ante AFIP. Conocé qué pasa si se disuelve ese acuerdo.

Alquileres: aumento sensible para quienes renuevan contrato en agosto 2023. Foto: Matías Subat.

Las empleadas domésticas registradas cuya relación laboral se extinga, por distintas razones, deben ser notificiadas formalmente sobre la decisión de su empleador dentro de un período de tiempo establecido por la ley. En tanto que, de renunciar, las trabajadoras de casas particulares deben notificar también a quien las contrata.

Según indica AFIP sobre los contratos de empleadas domésticas, en caso de disolverse sin previo aviso obliga a la parte empleadora al pago de una indemnización, además de lo que corresponde pagar a las trabajadoras de casas particulares por su antigüedad en el empleo.

Los montos estimados para el despido sin preaviso para empleadas domésticas deberán abonarse en los plazos de preaviso previstos, sean de diez o treinta días según corresponda al caso específico.

Empleadas domésticas: Cuándo tienen que avisarme sobre el despido


En caso de despido de la empleada doméstica o de su renuncia, el preaviso debe darse con la siguiente anticipación:

Si renuncia la empleada doméstica: diez días de preaviso.

Si la empleada doméstica es despedidadiez días cuando la antigüedad en el servicio fuere inferior a un año y de treinta días cuando fuere superior.

Empleadas domésticas: Cuándo se contempla la indemnización especial por despido


Según lo establecido por AFIP, las empleadas domésticas pueden acceder a la indemnización especial por despido en los siguientes casos, que repasamos a continuación:

+ Si la empleada doméstica está embarazada y es despedida, se debe pagar una indemnización de un año de remuneraciones que se acumulará a la establecida para el caso de despido sin justa causa.

+ En el caso de matrimonio de la empleada doméstica, se le abonará una indemnización equivalente a un año de remuneraciones que se acumulará a la establecida para el caso de despido sin justa causa.


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