Empleadas domésticas: De cuánto es el período de prueba y cuándo se paga la indemnización especial
Las empleadas domésticas pueden acceder a un breve período de prueba, si se encuentran registradas, de acuerdo a su contrato de trabajo. También pueden acceder a indemnizaciones específicas, en caso de que así corresponda.
Las empleadas domésticas, antes de ser registradas, pueden pasar por un período de prueba que está regulado por ley según las características de la contratación de acuerdo a lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Según el contrato de las empleadas domésticas, el personal sin retiro puede acceder a un período de prueba de 30 días, mientras que el personal con retiro tiene un período de prueba de 15 días. Cabe tener en cuenta que para el personal que preste servicio por horas, el período de prueba no podrá extenderse más de tres meses.
Durante este tiempo, tanto la empleada doméstica como el empleador puede finalizar la relación sin expresar causa y sin generarse derecho a indemnización.
Lo que no puede hacer la parte empleadora es contratar a una misma empleada doméstica más de una vez bajo el contrato de período de prueba.
Empleadas domésticas: Cómo se contempla la indemnización especial por despido
Según lo establecido por AFIP, las empleadas domésticas pueden acceder a la indemnización especial por despido en los siguientes casos, que repasamos a continuación:
+ Si la empleada doméstica está embarazada y es despedida, se debe pagar una indemnización de un año de remuneraciones que se acumulará a la establecida para el caso de despido sin justa causa.
+ En el caso de matrimonio de la empleada doméstica, se le abonará una indemnización equivalente a un año de remuneraciones que se acumulará a la establecida para el caso de despido sin justa causa.
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