Tendrán que pagar 2,4 millones a una víctima de SAPSE
La provincia tendrá que hacerse cargo de indemnizar a los familiares de Patricia Fabro de Saber, quien falleció decapitada por la hélice de un avión de SAPSE el 6 de abril de 1994 en Jacobacci. Así lo entendió la Corte Suprema de Justicia en un fallo que reparte responsabilidades entre el gobierno y la empresa aérea, en aquel momento, bajo la órbita del Estado.
VIEDMA (AV).- La Corte Suprema de Justicia condenó a Río Negro al pago de casi 2,4 millones de pesos por la muerte de una pasajera de SAPSE en Ingeniero Jacobacci. En la resolución judicial se alude a la directa responsabilidad estatal en la falta de personal, medidas de seguridad y controles mínimos.
En el accidente -que se produjo hace más de seis años- una veterinaria de 35 años, llamada Patricia Fabro de Saber, fue decapitada por la hélice del avión de SAPSE cuando uno de sus motores estaba en marcha. El servicio aéreo había hecho escala en Jacobacci y la víctima descendió, acompañada por su madre.
Las razones del motor en marcha, el cumplimiento de las medidas de seguridad de SAPSE y las condiciones del aeropuerto fueron los análisis centrales de la resolución judicial.
Las demandas fueron planteadas por los padres, como también, por el marido y el hijo de la joven. La Corte estableció una indemnización de 292 mil y 868 mil pesos, respectivamente. La actualización -que se fijó en la tasa activa del Banco Nación- arrojará un costo total de casi 2,4 millones (558 mil pesos para los progenitores y 1,84 millón para el marido y el hijo).
La sentencia respeta la limitación del Código Aeronáutico entonces SAPSE sólo afrontaría parte de la indemnización, que rondará los 300 mil pesos y que abonará su aseguradora (Horizonte). Por eso, la suma restante deberá asumirla directamente el Estado provincial y representa más de dos millones de pesos.
Al momento de producirse el fatal accidente el piloto José Marzialetti dialogaba en la cabina con Susana Mingot, representante de la empresa en Jacobacci, que solicitaba “la anuencia para el embarco de un pasajero” y el copiloto Gustavo Tornquist entregaba los equipajes. En tales circunstancias, ese 6 de abril de 1994, Patricia Fabro desembarcó, retiró su maleta, rodeó la aeronave por la parte delantera, tras lo cual, recibió el impacto de la hélice del motor derecho, que se encontraba en funcionamiento”.
Los demandantes -representados por José María Olivares- acusaron a SAPSE y a la provincia por las “graves omisiones” de seguridad. En su descargo, Sapse -que fue patrocinada por Gabriel Stiglitz- entendió que la pasajera “desoyó las indicaciones del copiloto, escapando a su control y siguió un trayecto insólito y temerario”. La provincia -representada por la Fiscalía de Estado- descartó “toda responsabilidad” propia, habló de “actitud imprudente” de la víctima y señaló que “la víctima estaba a custodia del transportador” (SAPSE).
La Corte destacó el informe de un perito que habla de “factores contribuyentes: la falta de despachantes de aeronaves con licencia aeronáutica habilitante (por parte de ) y la falta de responsable del aeródromo (por parte de la provincia)”.
El cuerpo judicial entendió que Sapse “omitió el cumplimiento de medidas elementales de prevención”. La autorización para mantener un motor “exige condiciones de seguridad” (por ejemplo, la colocación de sogas). La conducta de Marzialetti tampoco resultó adecuada a las obligaciones de seguridad”.
En relación a la responsabilidad de la provincia, el fallo de la Corte reitera que el aerodromo de Jacobacci “registra precarias e insuficientes condiciones de equipamiento y servicios esenciales”.
Una vida por 1.100 pesos
Los pilotos de SAPSE no detenían el motor derecho del Metro III porque no se disponía de un carro de aranque y así se podía contar con la energía necesaria para la puesta en marcha del otro y continuar con el vuelo.
Según la explicación técnica, la detención de los motores produce picos de temperaturas con sus posteriores encendidos inmediatos que afectan la vida útil de los motores.
La Corte Suprema resaltó datos de un experto en relación a que “la instalación de un carro de arranque tiene un costo de 1.100 pesos. Parece evidente que el abaratamiento de tal gasto operativo difícilmente justifique los riesgos de accidentes con peligro de las vidas humanas que genera la práctica, por lo cual, esta situación debería mover a la reflexión a las empresas y las autoridades aeronáuticas” . (AV)
La Corte detectó culpas compartidas
“El riesgo que significa la operación regular de transporte de pasajeros sin servicio contra incendio, ni de sanidad. Se recomendó designar personal y la indispensable provisión de energía electrica y comunicaciones. El aeródromo de Jacobacci -como otros- es factor potencial de accidentes”, según definió la Junta de Investigaciones de Accidentes. El informe se transcribe en el fallo de la Corte, pero el tribunal consideró que esas consideraciones aeronáuticas “son tardías”.
Los jueces federales dicen que la provincia es “responsable concurrente” y “debe responder por el mal estado o insuficiencia de instalaciones elementales, agravado por la inexistencia de personal”.
Agregan que servicios adecuados del aeropuerto podrían haber evitado o atenuado el accidente, y “suplido las serias deficiencias de la prestacion del transporte aéreo”.
En relación a SAPSE, la resolución judicial recuerda que la autorización para mantener en marcha un motor exige determinadas condiciones de seguridad, como la colocación de sogas. “Elemento que bajo ningún concepto se debe dejar de colocar. Estas disposiciones explican prácticas que su propósito es evitar cualquier incidente o accidente por imprudencia. De todo ello, se deduce racionalmente que tales recaudos -de haberse cumplido- hubieran evitado que la víctima incurriera en la imprudencia que se le imputa”. (AV)
VIEDMA (AV).- La Corte Suprema de Justicia condenó a Río Negro al pago de casi 2,4 millones de pesos por la muerte de una pasajera de SAPSE en Ingeniero Jacobacci. En la resolución judicial se alude a la directa responsabilidad estatal en la falta de personal, medidas de seguridad y controles mínimos.
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