Se agiliza la banca electrónica

Se encuentra disponible una opción que le permite al cliente incorporar un “alias” a cada una de sus claves bancarias uniformes. De esta manera, ya no deberá recordar esos 22 números que componen su CBU para hacer transferencias.

Según la definición de la Comunicación “A” 6044 del Banco Central (BCRA), se encuentra disponible en banca por internet y en banca móvil, una opción que le permite al cliente bancario, al ingresar desde “Administración de cuentas de transferencias”, incorporar un “alias” a cada una de sus claves bancarias uniformes (CBU), de manera tal que en oportunidad de informar sus datos a un emisor de transferencia o generador de pago, solo deberá indicar el alias previamente asignado a la cuenta en la que desee recibir la transacción, de ésta manera, ya no deberá recordar esos 22 números que componen su CBU.

Por su parte, el emisor de la transferencia o el generador del pago, a través de los respectivos aplicativos para llevar a cabo su gestión, deberá ingresar el alias de la cuenta receptora para su realización, sin necesidad de indicar la CBU correspondiente.

La función del alias será la de referenciar una cuenta bancaria mediante la utilización de un código simple de transmisión de persona a persona, que se encontrará vinculado de forma unívoca con una CBU/cuenta. Contará con los correspondientes procesos de control y seguridad en pos de otorgar las suficientes garantías y confianza a los clientes. El objetivo es proporcionar a los clientes bancarios, funcionalidades adicionales para la realización ágil y sencilla de transferencias, en pos del fomento de su utilización para la canalización de pagos de bienes y servicios en línea. Las cuentas alcanzadas serán aquellas cajas de ahorro y cuentas corrientes que por sus características estén habilitadas a efectuar transferencias.

Desde el 1 de junio del corriente año, todas las cuentas con dichas características, deberán contar con un alias o clave, que reemplazará, solo a modo de referencia, a las numéricas actuales, pues siempre se mantendrán asociadas.

A aquellas personas que no la hubieran definido antes de esa fecha se les asignará un alias CBU en forma automática. Esto no implica ningún cambio a la hora de percibir los haberes ni ningún trámite extra para los titulares de derecho. El alias CBU solo es utilizado para realizar determinados trámites bancarios (depósitos, débitos o transferencias) y tendrá la misma función que la actual CBU.

Una vez que se les fuera asignado un alias, los titulares podrán cambiarlo cuando así lo quisieran.

Pasado el 1 de junio, la Cámara de Compensación Electrónica de Bajo Valor les asignará un alias compuesto por tres palabras. Las entidades financieras deberán informar a cada persona el alias destinado a cada cuenta. Antes de esa fecha, quienes lo deseen pueden asociar su actual CBU con un alias de manera espontánea, que debe tener una extensión de entre 6 y 20 caracteres, que pueden ser letras, números, signo punto o guión medio. Las entidades financieras aplicarán las actualizaciones en las respectivas cuentas.

¿Vos, ya generaste tu Alias?, yo ya tengo el mío.

Consultor Pulso

Hay tiempo hasta el primero del mes próximo para reemplazar la cifra actual de 22 caracteres.

Datos

Hay tiempo hasta el primero del mes próximo para reemplazar la cifra actual de 22 caracteres.

Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Ver Planes ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora