La Corte y las “demias”

Armando Mario Marquez*


La humanidad está transitando por estos días la pandemia del llamado coronavirus, uno de los más devastadores flagelos que le ha tocado sufrir, con final abierto e incierto, y que ha puesto al desnudo, al menos en nuestro país, muchas de nuestras miserias: personales, sociales e institucionales. Las dos primeras exponiendo que los hombres olvidamos que, más allá de vivir en sociedad, “con-vivimos” en ella y la restante poniendo en primer plano las faltas y fallas del Estado y sus instituciones. Pero ello, si bien hace al todo, es “harina de otro costal” a los fines de estas líneas, tal lo resumido en el titulado. Veamos:

Está circulando, preponderantemente en los ámbitos del mundo jurídico, la acordada dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 11 de abril de 1871, en ocasión de instalarse en nuestro medio la epidemia de la fiebre amarilla, que así reza:

“Visto que la epidemia que diezma la población de esta ciudad, ha obligado no solo a los habitantes sino también a los oficiales Curiales a abandonarla, lo que hace imposible y además injusto proseguir la tramitación y resolución de las causas judiciales; la Suprema Corte se declara en receso hasta el 1 del mes de mayo próximo. Refrendada este acuerdo por el Secretario, publíquese. Salvador María del Carril, José Barros Pazos, Marcelino Ugarte. N. Rojo, secretario”.

El texto expone, con un lenguaje claro y sin vueltas, la medida rápida, directa y concreta del cimero tribunal de entonces ante la situación de extrema gravedad sanitaria por la que atravesaba el país. Actitud muy distante de la reciente decisión adoptada por el mismo cuerpo en su conformación actual ante el cuadro descripto al inicio del presente, materializada por medio de la Acordada 4/2020, de errática terminología e insuficiente contenido, dictada con cierta modorra y ante el unánime reclamo de la casi totalidad de los operadores del sistema judicial, quienes le demandaban la instauración de una feria judicial de excepción y no de la imposición de días inhábiles, tal la letra de esta última.

Una vez más la historia nos marca pautas y nos da lecciones.

*Presidente de la Junta de Estudios Históricos del Neuquén y del Centro de Estudios Constitucionales del Comahue


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