Aceptaron como Amicus Curiae a Pérez Esquivel en una causa por usurpación en Villa Mascardi

La Cámara Federal de Casación Penal le permitió a la Fundación Serpaj, que preside el premio Nóbel de la Paz, a intervenir en ese expediente en el que hay varios miembros de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu procesados.

La Cámara Federal de Casación Penal aceptó a la fundación Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) del premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel como “Amicus Curiae” en la causa en la que están procesados varios miembros de la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu por el delito de usurpación de dos predios de Parques Nacionales, ubicados en Villa Mascardi.

Se trata de la causa principal, que se originó tras la usurpación de los dos predios a principios de noviembre de 2017, a manos de personas que se identificaron como la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu.

Los ocupantes alegaron que se trataba de un acto de recuperación de lo consideran es parte del territorio mapuche. Esa toma se amplió a lotes privados lindantes y derivó en un conflicto por la posesión de esas tierras en Villa Mascardi, distante a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche. Tres años después, el conflicto aún no se resuelve.

La intención de la organización que lidera Pérez Esquivel es aportar elementos de derecho que puedan resultar de utilidad y relevancia para la resolución del conflicto.

El abogado Virgilio Sánchez, que defiende a varios de los imputados, dijo que la Cámara Federal de Casación Penal aceptó a la Serpaj. Recordó que una de las salas de ese tribunal federal “está por resolver la instancia recursiva, en torno a los procesamientos de nuestros defendidos”.

Por la usurpación de los dos predios de Parques Nacionales están procesadas María Isabel Nahuel, Luciana Martha Jaramillo, Yessica Fernanda Bonnefoi, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia, Betiana Ayelén Colhuan, Cristian Germán Colhuan y Juan Pablo Colhuan. Aunque la defensa apeló esos procesamientos ante la Cámara de Casación Penal.

El integrante de la Gremial de Abogados de Argentina explicó que la Cámara Federal de Casación Penal tiene que resolver un recurso de casación interpuesto por la fiscalía federal de Bariloche “contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca que había dictado el sobreseimiento de dos de nuestros defendidos: Cristian Germán Colhuan y Johana Micaela Colhuan, en relación a un hecho de usurpación”.

Pérez Esquivel, en su carácter de presidente honorario, Ana Almada, Elizabeth Quintero y Cecilia Valerga, como coordinadoras nacionales del Serpaj, con el patrocinio letrado de la doctora Mariana Katz, solicitaron a la Cámara que la causa sea abierta al “Amicus Curiae” (amigo del tribunal) para aportar “elementos de derecho que puedan resultar de utilidad y relevancia para la resolución de la cuestión planteada la causa mencionada”.

En la presentación recordaron que la fundación Servicio Paz y Justicia (Serpaj) “es un organismo dedicado a la promoción y defensa de los derechos humanos con estatus consultivo en Naciones Unidas y estatus permanente en UNESCO por la docencia en educar para la paz y la militancia por la no-violencia activa como metodología”.

Explicaron que es una fundación que promueve “la construcción de un poder judicial que asegure un absoluto respeto por los derechos humanos reemplazando los modelos inquisitivos propios de la herencia autoritaria por un sistema que tienda a la gestión y resolución no violenta de conflictos con amplia participación social, que a su vez observe un estricto respeto por las garantías constitucionales”.

Mencionaron que además posee un equipo de trabajo sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas, cuyo objetivo es abordar el acceso a derechos incidiendo ante los organismos del Estado en el respeto a la diversidad cultural y la interculturalidad”.

“Nos encontramos profundamente interesados en poder participar en el presente proceso en carácter de amigos del tribunal a los fines de poder aportar a este tribunal elemento que son resultado del trabajo incesante de nuestra institución en materia derechos humanos y que con toda seguridad creemos serán útiles para la resolución de las cuestiones planteadas”, argumentaron en la presentación.

Observaron que en esta causa “se confrontan los derechos humanos de los pueblos indígenas con el derecho de propiedad privada de carácter civil…”

“Consideramos que el presente caso pone en manifiesto la vulneración de los derechos humanos de los pueblos indígenas, en particular, el de la comunidad Lafken Winkul Mapu, toda vez que se alega la falta de acreditación de los denunciados a la pertenencia a la comunidad despojada”, advirtió el Serpaj.

“A la vez, consideramos que el caso reviste interés público, en tanto las violaciones derechos humanos sufrida por los miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu, perteniente al pueblo mapuche”, afirmó. Y mencionaron jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y garantías constiticionales, como la ley 26160 de comunidades indígenas.


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