Ante graves decisiones

Por Redacción

ALEARDO F. LARÍA aleardolaria@rionegro.com.ar

Si el calendario legislativo no se ve alterado, a partir de mañana la Cámara de Diputados se verá abocada a considerar los proyectos de ley que modifican sensiblemente la conformación del Consejo de la Magistratura y que ya han recibido media sanción del Senado. No estamos ante una legislación ordinaria, como lo prueba la mayoría especial calificada que requiere el artículo 114 de la Constitución Nacional –“mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara”–. Por consiguiente, enfrentamos decisiones de una enorme gravedad institucional que alteran radicalmente una ley que estaba concebida para garantizar la independencia al Poder Judicial y preservar el equilibrio de poderes. Un modo sencillo de percibir la trascendencia que tienen las reformas propuestas es comprobar sus consecuencias prácticas. Hace pocos días la Cámara Civil y Comercial en lo Federal dispuso declarar la inconstitucionalidad de un par de disposiciones de la denominada ley de Medios, haciendo lugar a la demanda formulada por el Grupo Clarín. Todos hemos sido testigos de la enorme presión ejercida sobre los jueces desde las instancias oficiales para que se desestimara la pretensión de Clarín, algunas de una vesania inaceptable en un país democrático. Ahora bien. Si se sanciona la ley del Consejo de la Magistratura en la parte que modifica la mayoría necesaria para cesar a los jueces –de dos tercios pasa a simple mayoría– y en la forma de distribuir los consejeros electos en las primarias abiertas y simultáneas obligatorias –la lista más votada se queda con 13 de los 19 consejeros– están dadas todas las condiciones para que se proceda, en un corto lapso de tiempo, al cese de los camaristas que dictaron la famosa sentencia que dejó sin habla a la presidenta Cristina Fernández. Igual futuro les esperaría luego a los jueces de la Corte Suprema que eventualmente confirmaran la resolución de la Cámara. Algunos pensarán que se trata de una prognosis exagerada, pero si atendemos a las declaraciones que tuvieron lugar luego de que se conociera el fallo de la Cámara, esta hipótesis no debería sorprendernos. Martín Sabbatella, el titular de la Afsca –la autoridad supuestamente independiente que debe aplicar la ley–, calificó al fallo como “tramposo y burdo”. Por su parte, el vicepresidente Amado Boudou lo consideró “una vergüenza para todos los argentinos” porque “están intentando detener una ley votada por el Congreso nacional”, añadiendo que “hemos tenido un sector de la Justicia que sigue apostando a una Argentina de privilegios, donde la democracia sea sólo un valor formal y el voto de la gente valga muy poco”. Este último argumento –el de que los fallos que declaran la inconstitucionalidad de normas sancionadas por las cámaras suponen “detener una ley votada por el Congreso nacional”– significa en la práctica acabar con el sistema de control de constitucionalidad que ejercen los tribunales sobre las decisiones que adoptan los otros dos poderes. Si se aprueba la reforma tal como está concebida, de aquí en más los jueces que dicten sentencias que declaran la inconstitucionalidad de leyes sancionadas por el Congreso podrán ser cesados inmediatamente, en cuanto los fieles escuderos presidenciales, como Diana Conti o Marcelo Fuentes, eleven los antecedentes al Consejo de la Magistratura acusándolos de violentar la “voluntad popular”. Imaginemos que el día de mañana el gobierno nacional envía al Congreso una ley por la que declara que las regalías de las provincias petroleras pertenecen al pueblo de la Nación y toma posesión de tan preciada caja. Es una propuesta que ya fue formulada por Marcos Rabasa en “Página” 12 (*) afirmando que “los recursos son de todos” y que es un error atribuir a las provincias la propiedad de los recursos naturales en base al artículo 124 de la Constitución Nacional. ¿Habrá jueces dispuestos a declarar la inconstitucionalidad de esa hipotética ley si saben que luego serán cesados de inmediato por oponerse a la “voluntad popular”? Que no estamos ante una película de ciencia ficción lo prueba sobradamente el caso venezolano, en donde el chavismo ya ha conseguido la subordinación total del Poder Judicial a los requerimientos del Poder Ejecutivo. Todos hemos podido conocer cómo el Tribunal Superior de Venezuela, para favorecer al candidato Nicolás Maduro, en una decisión insólita, se negó a aplicar la Constitución y habilitar el trámite que establecía que, en caso de ausencia o enfermedad grave del presidente, correspondía que asumiera la presidencia de la república el presidente de la Asamblea Nacional. Los diputados nacionales que tienen ahora en sus manos el destino institucional de nuestra república deben ser conscientes de la enorme trascendencia de sus decisiones. No podrán alegar luego que no fueron advertidos. Están cruzando el límite que establece el artículo 29 de la Constitución cuando prohíbe entregar al Ejecutivo nacional sumisiones o supremacías que ponen la fortuna de los argentinos a merced del gobierno. Un gobierno presidido por una persona que no se caracteriza justamente por el uso mesurado y equilibrado de sus facultades presidenciales, como lo prueba la poco meditada confiscación de YPF. Cuando en el futuro se produzca un cambio de gobierno, algo que es inevitable en una democracia –y que se avizora cada vez más cercano–, los responsables de las medidas que se tomen de aquí en adelante serán convocados a rendir cuenta de sus decisiones. Quienes hayan librado cheques en blanco deberán hacer cargo de los contenidos aún no imaginados a que den lugar esos créditos imprudentes basados en la ingenuidad. Harían bien en recordar aquella antológica frase del “burlador de Sevilla” que nos recuerda que en este mundo, con independencia de nuestros deseos, “no hay plazo que no se cumpla ni deuda que no se pague”. (*) http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/cash/17-5907-2012-04-01.html