Bariloche debe pagar una obra de hace 27 años

La municipalidad perdió un juicio que le entabló la contratista de un plan de asfalto por el impacto de la hiperinflación.

La administración del intendente Gustavo Gennuso se enfrenta a un reclamo millonario que no tenía en los planes. La Cámara de Apelaciones de Bariloche admitió parcialmente la demanda de la Financiera Clusel, cesionaria de la empresa Seminara, y condenó al municipio a pagar 1.364.861 pesos además de los intereses acumulados que superarían los 8 millones de pesos.

El detalle es que los intereses se computan desde el 31 de marzo de 1991 cuando se inició el reclamo administrativo, por la obra de asfalto que se realizó durante la gestión del exintendente radical Edgardo Gagliardi. El fallo al que accedió “Río Negro” se dictó el 18 de junio último.

El camarista civil Marcelo Cuellar hizo el voto que sostiene la sentencia y al que adhirió su par Emilio Riat. Recordó que Financiera Clusel es cesionaria de Seminara, que quebró y que había reclamado al municipio una compensación por el desajuste económico-financiero sufrido por los mayores costos de la ejecución de una obra de cordón cuneta y concreto asfáltico de varias calles de esta ciudad. También el reclamo era por la demora en los pagos de parte del municipio en el proceso hiperinflacionario de finales de 1988 y 1989.

Cuellar indicó que la recepción definitiva de la obra por parte del municipio fue el 11 de abril de 1990. “Más allá de que los pagos coincidieran o no con la hiperinflación todos los profesionales que declararon o dictaminaron coinciden en que el desfasaje fue entre las tasas fijas del contrato y las tasas reales de los períodos en que se ejecutó la obra”, advirtió.

La municipalidad alegó que cuando la empresa finalizó la obra la hiperinflación aún no había sucedido.

Advirtió que Seminara lejos de suspender la obra siguió con la ejecución hasta el final. “El contrato ya estaba en curso al gestarse la “debacle” financiera, hallándose pendiente todavía su total y completa ejecución o cumplimiento. “Mientras tanto el municipio recibió la obra de conformidad, pagando por ella menos de lo realmente debido”, afirmó el juez.

El municipio adujo que los trabajos ejecutados no se realizaron en la hiperinflación de 1989, pero las pericias indican un desfasaje.

fue el aumento del índice de precios registrado entre que se firmó el contrato por la obra, en 1987, y la finalización provisora, en 1989.

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El municipio adujo que los trabajos ejecutados no se realizaron en la hiperinflación de 1989, pero las pericias indican un desfasaje.

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