Busin dio su versión del litigio judicial con Zuliani
El empresario reginense Arnaldo Busin consideró que se ha emitido “información parcializada” que provoca “confusión en el lector”, al referirse al procesamiento que le dictó por “extorsión y defraudación” el Juez de Instrucción 2, Rubén Norry, y que “Río Negro” se limitó a transcribir el domingo pasado. Busin dio su versión de la causa: explica que él “inició una acción judicial ejecutiva tendiente al cobro de una suma de dinero documentada en dos pagarés sin protesto, expediente que cuenta a la fecha con sentencia monitoria y también con sentencia interlocutoria mediante el cual el juez de Primera Instancia rechaza todas las excepciones procesales –defensas– esgrimidas por la demandada, quien al ser derrotada interpuso recurso de apelación, aún sin resolutorio”. Agrega que “en la acción ejecutiva la firma demandada reconoció la existencia de la deuda, sólo que en ese ambiguo y confuso reconocimiento señala que ha cancelado parte de la deuda, pero no adjunta recibo alguno que pruebe su posición. En ese contexto luego se contradice abiertamente al sostener la prescripción de la deuda”. Informa también que “luego del inicio de la pretensión ejecutiva el Sr. Zuliani, sin cumplimentar los tiempos procesarles, en forma personal y como director de la firma Barolin y Zuliani SA entabla dos acciones judiciales de conocimiento pleno contra Arnaldo Busin (…) donde centra su postura defensiva en el hecho –falso según las pericias– de que la firma inserta en los documentos ejecutados eran de antigua data, afirmando que su persona ha variado el trazo de su rúbrica con el paso del tiempo, por lo cual la deuda estaría prescripta, ofreciendo en ambos actuados idéntica prueba caligráfica para avalar sus dichos”. “Lo cierto –asegura– es que el Sr. Zuliani con esa estrategia pretendía confundir a los Jueces sosteniendo que Busin debió verificar su deuda en el concurso preventivo de la firma ejecutada (año 1998). Sin embargo la posición de Zuliani no encuentra amparo siquiera con sus propios pasos, al no haber denunciado su existencia en el concurso”. Así, “con fecha 20 de diciembre de 2012 se presenta la pericia caligráfica –prueba peticionada por la empresa–, en la que los peritos calígrafos de oficio y designados por el Tribunal interviniente categóricamente echan por tierra los argumentos defensivos esgrimidos por el Sr. Zuliani, concluyendo que la firma del mismo y que se encuentra insertada en los documentos resulta idéntica hasta la actualidad, por lo cual no cabe presumir la antigüedad que menciona el Sr. Zuliani adjuntando para avalar posiciones los profesionales firmas idénticas de Zuliani estampadas en documentos del Banco Nación sucursal Regina, contemporáneas a las fechas de los documentos ejecutados”. Infiere Busin que “quizás el porqué de la mediatización de la causa esté dada por el hecho de que curiosamente uno de los representantes legales del Sr. Zuliani –Gustavo Martínez– pasa a formar parte del Poder Judicial como auditor general, renunciando al cargo legal que detentaba por Zuliani (renuncia aceptada por el Tribunal en una de las causas en fecha 22/9/2011”. Y añade: “Inexplicablemente el Juzgado Nº 8 a cargo por subrogancia legal del Dr. Norry despacha a sólo un par de días de culminada la feria judicial de verano el resolutorio que ha sido vertido en el matutino local”. “Sin perjuicio de que a la fecha se encuentra apelado, lo cierto es que el decisorio penal basa el razonamiento en una pericia sin intervención del Sr. Busin, producida en dichos autos y dejando de lado sin razón plausible alguna, la pericia del Juzgado Civil Nº 3, la cual esta parte reiteradamente peticiono se incorpore al expediente antes del dictado de sentencia. Y digo inexplicablemente ya que una funcionaria del Juzgado Penal Nº 8 informó a uno de los representantes legales del Sr. Busin que mediante intimación cursada por Superintendencia Judicial se ordenó al Juzgado dictar sentencia en forma inmediata. Este es otro de los porqués dicho resolutorio no ha realizado consideración alguna a la pericia señalada y por ende la falta de mención específica de ella en la sentencia dictada”. Y concluye: “El diario Río Negro mediatiza y caso judicial entre privados” y “recepta una información parcializada, sin reunir todos los elementos necesarios del caso provocando con ello confusión al lector y a la comunidad generando un grave perjuicio de índole económica y moral no solo a Arnaldo Busin sino a una familia que hace más de 50 años que trabaja en distintas ciudades del Valle de Río Negro y Neuquén, sin jamás haber estado involucrados en procesos de ninguna índole, contrariamente al trajín judicial que se reconoce de la firma que representa el Sr. Zuliani”.
Tribunales de Roca, donde está la causa.
El empresario reginense Arnaldo Busin consideró que se ha emitido “información parcializada” que provoca “confusión en el lector”, al referirse al procesamiento que le dictó por “extorsión y defraudación” el Juez de Instrucción 2, Rubén Norry, y que “Río Negro” se limitó a transcribir el domingo pasado. Busin dio su versión de la causa: explica que él “inició una acción judicial ejecutiva tendiente al cobro de una suma de dinero documentada en dos pagarés sin protesto, expediente que cuenta a la fecha con sentencia monitoria y también con sentencia interlocutoria mediante el cual el juez de Primera Instancia rechaza todas las excepciones procesales –defensas– esgrimidas por la demandada, quien al ser derrotada interpuso recurso de apelación, aún sin resolutorio”. Agrega que “en la acción ejecutiva la firma demandada reconoció la existencia de la deuda, sólo que en ese ambiguo y confuso reconocimiento señala que ha cancelado parte de la deuda, pero no adjunta recibo alguno que pruebe su posición. En ese contexto luego se contradice abiertamente al sostener la prescripción de la deuda”. Informa también que “luego del inicio de la pretensión ejecutiva el Sr. Zuliani, sin cumplimentar los tiempos procesarles, en forma personal y como director de la firma Barolin y Zuliani SA entabla dos acciones judiciales de conocimiento pleno contra Arnaldo Busin (...) donde centra su postura defensiva en el hecho –falso según las pericias– de que la firma inserta en los documentos ejecutados eran de antigua data, afirmando que su persona ha variado el trazo de su rúbrica con el paso del tiempo, por lo cual la deuda estaría prescripta, ofreciendo en ambos actuados idéntica prueba caligráfica para avalar sus dichos”. “Lo cierto –asegura– es que el Sr. Zuliani con esa estrategia pretendía confundir a los Jueces sosteniendo que Busin debió verificar su deuda en el concurso preventivo de la firma ejecutada (año 1998). Sin embargo la posición de Zuliani no encuentra amparo siquiera con sus propios pasos, al no haber denunciado su existencia en el concurso”. Así, “con fecha 20 de diciembre de 2012 se presenta la pericia caligráfica –prueba peticionada por la empresa–, en la que los peritos calígrafos de oficio y designados por el Tribunal interviniente categóricamente echan por tierra los argumentos defensivos esgrimidos por el Sr. Zuliani, concluyendo que la firma del mismo y que se encuentra insertada en los documentos resulta idéntica hasta la actualidad, por lo cual no cabe presumir la antigüedad que menciona el Sr. Zuliani adjuntando para avalar posiciones los profesionales firmas idénticas de Zuliani estampadas en documentos del Banco Nación sucursal Regina, contemporáneas a las fechas de los documentos ejecutados”. Infiere Busin que “quizás el porqué de la mediatización de la causa esté dada por el hecho de que curiosamente uno de los representantes legales del Sr. Zuliani –Gustavo Martínez– pasa a formar parte del Poder Judicial como auditor general, renunciando al cargo legal que detentaba por Zuliani (renuncia aceptada por el Tribunal en una de las causas en fecha 22/9/2011”. Y añade: “Inexplicablemente el Juzgado Nº 8 a cargo por subrogancia legal del Dr. Norry despacha a sólo un par de días de culminada la feria judicial de verano el resolutorio que ha sido vertido en el matutino local”. “Sin perjuicio de que a la fecha se encuentra apelado, lo cierto es que el decisorio penal basa el razonamiento en una pericia sin intervención del Sr. Busin, producida en dichos autos y dejando de lado sin razón plausible alguna, la pericia del Juzgado Civil Nº 3, la cual esta parte reiteradamente peticiono se incorpore al expediente antes del dictado de sentencia. Y digo inexplicablemente ya que una funcionaria del Juzgado Penal Nº 8 informó a uno de los representantes legales del Sr. Busin que mediante intimación cursada por Superintendencia Judicial se ordenó al Juzgado dictar sentencia en forma inmediata. Este es otro de los porqués dicho resolutorio no ha realizado consideración alguna a la pericia señalada y por ende la falta de mención específica de ella en la sentencia dictada”. Y concluye: “El diario Río Negro mediatiza y caso judicial entre privados” y “recepta una información parcializada, sin reunir todos los elementos necesarios del caso provocando con ello confusión al lector y a la comunidad generando un grave perjuicio de índole económica y moral no solo a Arnaldo Busin sino a una familia que hace más de 50 años que trabaja en distintas ciudades del Valle de Río Negro y Neuquén, sin jamás haber estado involucrados en procesos de ninguna índole, contrariamente al trajín judicial que se reconoce de la firma que representa el Sr. Zuliani”.
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