Error garrafal de los letrados: la palabra ‘detentar’
Miguel Angel Gasparini, DNI 7.745.473
Viedma
Leo en la página 6 del diario Río Negro en su edición impresa de hoy, 30 de agosto de 2.024, la nota titulada: “Cortés deberá reincorporar a los empleados despedidos”.
En la misma se informa que la Cámara Laboral emitió una orden para que la municipalidad “cautelarmente se abstenga de variar la función y cargo que detentaran históricamente” los agentes desplazados.
La palabra “detentar” según la Real Academia Española significa:
tr. Retener y ejercer ilegítimamente algún poder o cargo público.
tr. Der. Dicho de una persona: Retener lo que manifiestamente no le pertenece.
La segunda acepción está referida al Derecho, por lo que se supone que los integrantes de la referida Cámara Laboral debería conocerla.
No obstante ello, la nota también indica que: el fallo contiene severas amonestaciones al intendente, cuando apunta -por ejemplo- que “no es factible que los actos de la administración puedan motivarse en la sola voluntad de quien detenta el Ejecutivo”.
Como vemos, la Cámara indicaría que el intendente retiene un cargo público que no le corresponde.
Supongo que la Cámara Laboral estará integrada por letrados.
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