Soberbia del Deliberante de Neuquén
Es asombrosa la soberbia de los noveles concejales de la ciudad de Neuquén, quienes a meses de asumidos en sus funciones, quieren saber más que aquellos que aprobaron, después de meses de elaboración, la Carta Orgánica Municipal en 1995.
Tampoco tienen vergüenza los que fueron funcionarios de gobierno en gestiones pasadas y que siguen prendidos en la función pública, ahora como concejales. Los famosos “políticos de carrera”, los que tienen “cintura política”, atributo que los hace diferentes de los ciudadanos comunes que queremos participar en política.
Señores, lo que tienen que tener es dignidad, honestidad y respeto por quienes les han dado su voto para que estén donde están.
La carta orgánica reformada indica claramente lo que se define como audiencia pública y las condiciones para pedirla.
-Artículo 157 La audiencia pública es el derecho colectivo o individual que tienen los habitantes de dar y recibir opinión e información sobre las actuaciones político-administrativas, en forma verbal, en unidad de acto y con temario preestablecido, de acuerdo a lo que establezca la ordenanza pertinente.
-Artículo 158 Podrá llamarse a audiencia pública por decisión de los órganos ejecutivo o legislativo, o a pedido del tres por ciento (3%) de los electores. La audiencia deberá realizarse dentro de los treinta (30) días de ser solicitada.
Nada dice sobre interpretaciones que cada concejal le dé al pedido, como la del concejal Artaza por ejemplo. Una vergüenza.
¿Como es posible que no se den cuenta que las firmas presentadas por los vecinos, demuestran que hay algo que no está bien? Sus representados están llamándoles la atención y no se dan cuenta! Soberbia o estupidez, ambas incompatibles con el ejercicio de la función pública.
Es hora de repensar que clase de representantes del pueblo queremos y actuar en consecuencia. Tenemos las herramientas, solo falta la participación. ¿Vamos por ella?
Ricardo Dougall
10.532.537
Neuquén
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