Colectivero será juzgado por causar la muerte de una anciana en Bariloche

El conductor circulaba marcha atrás la noche del 12 de febrero de 2015 cuando embistió a la mujer que caminaba por la calle. La víctima murió en el acto. Tenía 75 años. 

Santiago Bautista Vázquez conducía la noche del 12 de febrero de 2015 un colectivo de la empresa Autobuses Santa Fe por la calle Los Ñires y cuando llegaba al final del recorrido, en el barrio 150 Viviendas, hizo una maniobra imprudente y antirreglamentaria. Condujo marcha atrás la unidad durante varios metros y embistió a Ansolina Sandoval, que caminaba por la calle.

La mujer murió inmediatamente como consecuencia del aplastamiento de cráneo y tórax que sufrió, según el informe pericial del médico forense Juan Manuel Piñero Bauer.

El chofer será juzgado en las semanas próximas porque está imputado por el delito de homicidio culposo. La Oficina Judicial deberá fijar la fecha del juicio.

El juez Gregor Joos dispuso la apertura de juicio durante la audiencia de control de acusación, que se hizo el jueves.

El juez Gregor Joos dispuso la apertura del juicio tras admitir la acusación de la fiscal Betiana Cendón. (Archivo)

Fuentes judiciales informaron que el juez resolvió que la causa debe ir a juicio después de que admitiera la acusación que la fiscal Betiana Cendón formuló contra Vázquez.

La imputación fiscal atribuye al acusado haber sido el causante de la muerte de la mujer, que ocurrió alrededor de las 21 del 12 de febrero de 2015.

Indica que el conductor del colectivo de la empresa Autobuses Santa Fé, marca Mercedes Benz modelo 384, dominio ODV-236, interno 1789 de la línea 61, circulaba sobre calle Los Ñires, en el barrio 150 viviendas de esta ciudad.

Al finalizar el recorrido, aproximadamente frente a la casa 50, “en vez de continuar hasta el playón que se utiliza como estacionamiento y realizar allí la maniobra de giro para iniciar un nuevo recorrido, en forma imprudente y antirreglamentaria condujo el colectivo marcha atrás por varios metros sobre la calle Los Ñires”.
En esas circunstancias embistió a Sandoval, de 75 años, que caminaba por la calle. El colectivo arrolló a la víctima, primero con la rueda trasera derecha (lado opuesto al del conductor) y después con la rueda delantera derecha, lo que produjo la muerte instantánea de la mujer.

Para la fiscalía, la conducta de Vázquez fue antirreglamentaria pues no respetó el artículo 48, inciso “H” de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 que prohíbe circular marcha atrás excepto para estacionar, salir de un garage o de una calle sin salida.

Sostuvo que esa infracción fue la causa de la colisión y de la muerte de Sandoval. Además, Vázquez fue imprudente al realizar la maniobra, pues su visión hacia atrás, a pesar de los espejos retrovisores, era reducida.
Cendón acusó a Vázquez de autor del delito de homicidio culposo agravado por la conducción antirreglamentaria de un automotor. La defensa del acusado no se opuso.

Durante la audiencia de control de acusación, el juez admitió las pruebas que se expondrán en el juicio y que sostienen la imputación fiscal como la teoría de la defensa.


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