Cutral Co se sumó a la transmisión de los juicios en vivo por redes sociales

Fue en un caso de robo calificado. Se suma a la modalidad de los tribunales de Zapala y San Martín de los Andes. El fiscal Gerez dictó una instrucción para que los fiscales se opongan a las audiencias reservadas.

Un juicio oral por robo calificado ocurrido en Cutral Co, con dos imputados, fue transmitido en vivo este jueves por la red YouTube. La ciudad petrolera se sumó así a la modalidad que ya implementaron Zapala y San Martín de los Andes, y que todavía se debate en Neuquén capital.

A propósito, y tal como anticipó Río Negro, el fiscal general José Gerez dictó una instrucción general a todos los fiscales, para que se opongan cada vez que haya un planteo de la defensa destinado a restringir el principio de publicidad y el acceso a la información.

En el caso de Cutral Co, ninguna de las partes intervinientes se opuso a su difusión en directo.

El juez Mario Tommasi explicó a Río Negro que hubo una audiencia preliminar en la cual la Oficina Judicial informó que se dispondría la transmisión por YouTube. La fiscalía a cargo de Gastón Liotard y la defensa pública, representada por Diego Simonelli y Alina Vanessa Macedo Font, no presentaron objeciones. El tribunal lo integraron además Laura Barbé y Raúl Aufranc.

El único inconveniente fue que una testigo, cuya declaración estaba prevista por vía remota, debió asistir en forma presencial por problemas con la conexión.

El juicio se desarrolló con alegatos de apertura y cierre, y las testimoniales. El veredicto se conocerá este viernes.

La difusión de las audiencias por las redes sociales se puso en el centro del debate, como lo viene reflejando Río Negro, desde que se reanudaron los juicios durante la pandemia de coronavirus.


El interior, a la vanguardia


Las Oficinas Judiciales del interior se pusieron a la vanguardia. San Martín de los Andes transmite por Facebook, Zapala y ahora Cutral Co por YouTube.

La Oficina Judicial de Neuquén capital y las oficinas de prensa sólo distribuyen contenidos por Zoom y para los medios de prensa que lo solicitan, pero hubo casos en los que restringió el acceso por orden de los tribunales. Ocurrió esta semana, cuando la defensa pidió que no se difunda una audiencia por razones de seguridad del imputado y la fiscalía no se opuso.

A partir de ahora deberán oponerse, por la instrucción del fiscal general Gerez. En el escrito no distingue entre niveles de audiencias, es decir, habla de favorecer el acceso a la información como principio en general ya que es un derecho humano.

Algunos defensores distinguen entre audiencia de formulación de cargos, cuando recién comienza la investigación y la presunción de inocencia es más fuerte, y audiencia de juicio oral.


Plena vigencia


La instrucción de Gerez establece que «los y las fiscales, en el ejercicio de su función, deben velar por la plena vigencia del principio de publicidad y del derecho a la información».

En el anexo están los «lineamientos para contestar y solicitar el rechazo de los planteos defensistas que se relacionen con la restricción del principio de publicidad y el derecho a información».

Allí destaca que «la difusión de las diversas audiencias en el ámbito penal involucra a toda la información que en ellas se manifiestan (contenido), así como también a las personas intervinientes en las mismas. Sólo pueden, “fundadamente”, establecerse excepciones cuando se afecte directamente el pudor, la vida privada o ello implique una amenaza para la integridad física de alguno de los intervinientes, o cuando peligre un secreto oficial, profesional, particular, comercial o industrial cuya develación cause un perjuicio grave».

«El uso de estas plataformas digitales no puede implicar la anulación del deber de publicidad de los actos del Poder Judicial, el cercenamiento del derecho de acceso a la información de los medios de comunicación y periodistas, así como tampoco la afectación del derecho a la información de los ciudadanos y ciudadanas», agrega.

La instrucción de Gerez remarca que «uno de los pilares fundamentales del Ministerio Público Fiscal es la comunicación institucional, con el objetivo de dar a conocer los actos del organismo en sus diversas actuaciones, y la facilitación del acceso a la información por parte de los medios de comunicación, periodistas y ciudadanos y ciudadanas en general».

«La difusión de las imágenes y del contenido de las audiencias penales, a través del uso de plataformas digitales oficiales y/o abiertas al público en general, tienen por objeto satisfacer la plena vigencia del principio de publicidad y el derecho a la información».

«El Ministerio Público Fiscal tiene por función defender la legalidad en función del interés general, velando por los derechos humanos y garantías
constitucionales (art. 1, Ley 2893). En tal sentido, es función de todos/as los/las representantes del organismo garantizar y velar por el cumplimiento del principio de publicidad y el derecho de acceso a la información».


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