Descartan un juicio de responsabilidad contra la defensora del Pueblo

La investigación era por presuntas contrataciones irregulares. La resolución fue aprobada por los vocales del Tribunal de Contralor, del oficialismo, con el voto negativo de Julieta Wallace, del Frente para la Victoria.

Redacción

Por Redacción

Descartan un juicio de responsabilidad contra la defensora del Pueblo

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El Tribunal de Contralor desestimó el inicio de un juicio de responsabilidad a la defensora del Pueblo de Bariloche, Beatriz Oñate. Esto fue definido por los dos integrantes oficialistas del organismo, de Juntos Somos Bariloche.

El expediente se inició el año pasado cuando la entonces asesora letrada de la Defensoría del Pueblo, Ingrid Kuster, renunció a su cargo denunciando “presuntas irregularidades en el organismo y posible incumplimiento de la ordenanza de Etica Pública”.

En ese momento, se inició un sumario para investigar si existieron contrataciones irregulares, la designación de familiares de Oñate en la Defensoría del Pueblo y la presunta existencia de convenios de confidencialidad con empleados del organismo.

Los vocales el Tribunal, Maia Thieck y Damian Fuentes, remacaron que la norma se refiere a la contratación de “parientes consanguíneos o por afinidad hasta el segundo grado”. “No estando Gabriela Vanina Barria casada legalmente con el hermano de la defensora, no hay parentezco alguno con la misma”, consideraron.

En relación a otra contratación, advirtieron que “hubo efectivamente cierto retraso en el alta de la empleada designada. Pero también entendemos estar ante el cumplimiento tardío de una obligación fiscal, omisión que fue solucionada en el marco y por los carriles ordinarios de la AFIP”.

La presidenta del Tribunal de Contralor, Julieta Wallace, fue la única integrante del organismo que votó a favor del juicio de responsabilidad, argumentando que “surge a todas luces que el hecho concreto de tener personas trabajando de manera irregular (trabajo no registrado) constituye una falta grave que es responsabilidad -en principio- de la persona a cargo del organismo público involucrado, en este caso la defensora del Pueblo”.

“No menos grave, agregó, es el hecho de hacer firmar a los empleados a su cargo convenios de confidencialidad, utilizando métodos de coacción. Esto degrada la investidura institucional y constituye conductas que contradicen los principios de la ética pública. No investigar los hechos denunciados y acreditados por la instructora sumariante constituye en sí apartarse de la obligación que compete a este Tribunal como autoridad de aplicación”.


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