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Radares y trampas

La reciente presentación realizada por legisladores del ARI para que se suspenda el control por radares y fotomultas en Río Negro, abre un interesante debate sobre este sistema, que pareciera más diseñado para recaudar fondos que formar parte de un plan integral de seguridad vial.

No hay dudas de que el exceso de velocidad es una de las principales causas de los accidentes graves y de la mayoría de las muertes por siniestros viales en el país y la región. Un estudio de la Dirección Nacional de Observatorio Vial de 2022 muestra que hasta el 47% de los vehículos pesados y un 23% de los automóviles incumplen los máximos establecidos para circular en ruta. Entre un 7 y un 9% de los siniestros tiene como causa principal la rapidez excesiva del vehículo y es probable que su incidencia sea mayor como factor secundario. Sobre todo, en zonas rurales, donde ocurrió el 65% de las muertes por siniestros viales en 2023. De esta forma, es lógico pensar que un sistema de control de velocidad en las rutas permita reducir estos indicadores. El gran interrogante es si, tal como está planteado, el actual cumple su objetivo preventivo.

Entre los requisitos para un adecuado sistema de control de velocidad por radares, la Agencia Nacional de Seguridad Vial establece que debe existir un estudio previo de accidentología y análisis del efecto del radar en la seguridad vial en la zona. Una de las recomendaciones es que se debe tender a penalizar las velocidades máximas (como superar los 120 o 130 km/h en rutas diseñadas para máximas de 110 km/h) y no buscar lugares con máximas de 60 km/h para ubicar allí el radar. También se cuestiona que se exija un gradiente de velocidad difícil de cumplir o que se penalice una velocidad que no guarde relación con la peligrosidad del lugar.

Otro requisito es una adecuada señalización, que debe ser anticipada, clara y visible sobre ambas manos para que pueda ser advertida incluso por conductores que realizan sobrepasos. Permite evitar el denominado “efecto canguro”: la desaceleración brusca y sorpresiva cuando el conductor ingresa a la zona del radar y la aceleración inmediata cuando abandona el perímetro controlado.

Por otra parte, en la provincia conviven numerosos “radares legales” con otros instalados por municipios que no cuentan con la homolgación, calibración o no cumplen requisitos de la normativa nacional y provincial. Eso genera confusión y dudas, al momento en que la persona recibe el acta, para saber si está ante una sanción legítima o si se trata de una penalización irregular.

Los abogados especializados agregan que, además, el sistema de fotomultas y notificación posterior al afectado (a menudo semanas o meses después) tiene problemas legales. Aseguran que los infractores debieran ser detenidos a no más de 10 kilómetros del radar, por una autoridad de tránsito y notificados de la contravención. “¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando en infracción?”, se pregunta un juez que anuló una multa. Además, se castiga al vehículo y no al autor de la mala maniobra, con lo cual se pierde el objetivo de sancionar una conducta individual.

Un interesante aporte actual es el de los “radares pedagógicos” como los ubicados en los puentes carreteros entre Río y Neuquén, que carecen de facultades para emitir multas, pero muestran las velocidades e indican acciones como “reducir velocidad” o “zona escolar”. En Europa se ha demostrado que su capacidad disuasoria es muy similar a la de los radares convencionales y ayuda a reducir velocidades en áreas críticas como cruces, puentes o zonas de cruce de peatones.

Un sistema de radares debiera definir su ubicación por criterios técnicos sólidos y fundados, con señalización adecuada y debe incorporar una visión integral que incluya el diseño de las vías. Se puede moderar la velocidad de circulación con caminos en buen estado y que influyan en el comportamiento de quienes conducen mediante rotondas, reductores, semáforos, chicanas y bandas sonoras, entre otros. También realizar controles más efectivos, enfocados en la prevención y educación vial y no solo en sanciones con criterios fiscalistas.


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