El femicidio de Delia Aguado irá a juicio por jurados sin las pruebas claves

Un juez de garantías de Neuquén excluyó las cuatro evidencias más contundentes que la fiscalía pretendía producir en el juicio. Fue por pedido de la defensa y justificó que la prueba no se obtuvo con validez.

Diego Tolaba será juzgado por un jurado popular integrado por 12 neuquinos. (Foto: Florencia Salto.-)

El juez de garantías Diego Piedrabuena resolvió la apertura a juicio por jurados la causa de Delia Aguado (32), en la cual está acusado por femicidio su esposo Diego Tolaba (33). Por pedido de la defensa, en la audiencia de control de acusación, el magistrado decidió excluir las pruebas fundamentales que había presentado la fiscalía porque consideró que no habían sido obtenidas con validez, respetando las garantías del proceso. Tras conocer la resolución, el Ministerio Público Fiscal anticipó que habrá una férrea impugnación de la decisión.

De esta manera Tolaba será juzgado por homicidio doblemente agravado, por el vínculo y por mediar la violencia de género -femicidio-, contra Aguado, la pena pretendida es la prisión perpetua. Pero con el actual panorama, el camino se hizo cuesta arriba para la fiscalía porque apoya su teoría del caso en todos los elementos que ayer fueron apartados.

El martes, cuando se realizó el control de acusación, los defensores públicos Fernando Diez y Eliana Lazzarini cuestionaron las principales evidencias que había presentado la fiscalía: las cámaras Gesell realizadas a las hijas del matrimonio -a una de ellas le realizaron dos-, las requisas que se hicieron in situ en el vehículo donde fue hallado el cuerpo de Aguado en un playón del balneario Sandra Canale el 30 de noviembre, el secuestro del celular de Tolaba y la inclusión de una psicóloga que dio tratamiento a la niña mayor.

Punto por punto el juez expuso sus consideraciones. Al iniciar, Piedrabuena permitió que la fiscalía incluya los dos videos de la primera Gesell que se realizó a las hijas el 7 de diciembre, pero rechazó la segunda que fue con la niña mayor, el 26 de marzo, dado que en ella la pequeña relata algunos hechos que no guardan relación con el femicidio y que dieron inició a otra causa judicial contra uno de los testigos principales de la defensa.

En ese contexto el juez se inclinó por la defensa y entendió que si esa información se ventilaba en el juicio podría alterar la imparcialidad del jurado. También anuló el testimonio de la psicóloga que dio atención a la niña por considerar que la profesional no está relevada del secreto profesional. Indicó que esa orden solo la pueden dar los padres de la pequeña, en este caso Tolaba, y ante su oposición se debería recurrir al permiso mediante el fuero de Familia.

En el caso del vehículo de Aguado, un Volkswagen Gol Country, el juez excluyó una requisa inicial que se realizó en el momento en que la víctima fue encontrada y toda la prueba derivada del mismo. Entendió que el primer registro del auto se hizo sin orden del juez y que además el auto se secuestró sin cadena de custodia, por ese motivo no se puede garantizar que la prueba no esté viciada y por lo tanto todas las requizas posteriores quedaron anuladas, incluida una prueba de ADN recolectada de un zócalo del rodado.

En el caso del celular de Tolaba, la defensa planteó que tampoco fue obtenido de manera lícita, es decir mediante la orden de un juez de garantías. Aclararon que la fiscalía obtuvo el teléfono cuando el imputado estaba por ingresar a una alcaldía de una comisaría para cumplir prisión preventiva luego de ser imputado por el hecho el primeo de diciembre.

Explicaron que Tolaba tuvo que entregarlo voluntariamente porque es un requisito de seguridad y de esta manera también anuló toda la prueba que derivó del teléfono. “El teléfono no fue obtenido cumpliendo con los requisitos del artículo 137 -del código procesal penal- por la simple razón que no fue obtenido durante un procedimiento de requisa y con los recaudos allí establecidos, entre ellos que la extracción se haga ante un testigo que no podrá pertenecer a la policía y en una circunstancia que impida que esto se cumpla”, sostuvo.

Tras escuchar los argumentos, la fiscalía y la defensa reservaron la posibilidad de impugnar la resolución y ahora corre un plazo de cinco días hábiles para solicitar la audiencia. En el caso de la defensa discutirán cuestiones que atañen a la modalidad del juicio, entre ellas, el defensor Diez, solicitó que para obtener un veredicto de responsabilidad debería haber unanimidad del jurado.

Es la última audiencia de la etapa preparatoria para el juicio y es solicitada por el fiscal del caso, si estima que la investigación proporciona fundamento para someter a juicio al imputado. En ese caso presentará la acusación que deberá contener:

• Los datos que sirvan para identificar al imputado.

• La relación precisa y circunstanciada del hecho que se le atribuye.

• La calificación legal.

• La pretensión punitiva provisoria, cuando ella sea necesaria para fijar la competencia.

• La petición de que se proceda de acuerdo al procedimiento abreviado si lo estima conveniente.

Al ofrecerse la prueba se presentará por separado la lista de testigos y peritos, con indicación del nombre, ocupación y domicilio. También deberá ofrecerse la documental, acompañando copia o indicando dónde se encuentra para su compulsa.


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