El FOS y el cobro a las obras sociales

Por Redacción

En Río Negro, desde hace años, se viene advirtiendo la fuerte demanda de atención en los hospitales, inclusive de beneficiarios de obras sociales por lo cual se implementó un sistema de “recupero”, para poder facturar a las obras sociales por las prestaciones realizadas a sus afiliados. Se implementó el Fondo de Obras Sociales en el marco de la ley 2570. Esta “herramienta” posibilita el cobro a las obras sociales, cuyos fondos luego se redistribuyen en los hospitales en forma de un “plus” –no remunerativo– para los empleados y compra de equipamiento. En la práctica, esto fomenta que los mismos trabajadores estén más alertas para la detección de los afiliados a obras sociales, se critica con frecuencia y temor de que esto altere el rol de prestador universal de salud que ostentan los hospitales públicos. Lo que dice la ley provincial En Río Negro, el artículo 59 de la Constitución Provincial consagra el derecho a la salud y especifica que “los habitantes de la provincia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual, debiendo cuidar su salud y asistirse en caso de enfermedad”. “El sistema de salud se basa en la universalidad de la cobertura, con acciones integrales de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación…”. (AR)


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