El río no tiene dueños
En la ocupación de espacios ribereños prevalece este razonamiento: lo que nos pertenece a todos no tiene dueño, y si no tiene dueño puedo apropiármelo.
* Francisco Baggio
El vasto recurso hídrico de la provincia del Neuquén, conformado principalmente por las cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Colorado y las del Lácar y el Añelo, aporta una gran cantidad de ríos, lagos y lagunas a la geografía local, todos de singular valor ambiental, ecológico, turístico y económico. Sin dejar de considerar que en muchos casos resultan lugares donde la comunidad realiza actividades recreativas y culturales, convirtiéndose en espacios sociales igualadores.
Desde la figura del viejo instituto jurídico del camino de sirga, que originalmente se utilizó para remontar embarcaciones a la sirga o a remolque, pasando por el actual Código unificado Civil y Comercial de la Nación (que en sus artículos Nº 235 y Nº 237 garantiza el primario derecho ciudadano de usar y gozar de todos los cuerpos de agua existentes que ostentan el carácter de bienes pertenecientes al dominio público), siempre existieron conflictos. Y aunque el sentido común, la lógica y el ordenamiento jurídico nacional entienden que los ríos forman parte del citado “dominio público” y que el espacio público es eso, “público”, “accesible a todos”, “gratuito” y “libre”, la realidad incontrastable muestra otra cosa.
Aunque suene un poco raro, en la mayoría de los casos de ocupación de espacios ribereños, prevalece el siguiente razonamiento: lo que nos pertenece a todos no tiene dueño, y si no tiene dueño puedo apropiármelo. Así de simple. Así de fácil. Así de absurdo.
Solo hace falta recorrer un poco, preguntar, o conversar con vecinos, con viejos pobladores, con pescadores, con deportistas, para llegar a la verdad. Cientos de kilómetros de costas a lo largo y ancho de nuestra provincia tienen sus riberas vedadas al uso público o directamente impedido su acceso. O no se puede pasar porque la costa está obscenamente alambrada, o no se puede acceder porque en toda la extensión de la propiedad ribereña no hay camino público o servidumbre de paso.
En el fondo, subyace la decisión política de proteger jurídicamente a quien alambra. Vaya uno a saber por qué extraños intereses, pero los gobiernos de turno dejan alambrar las riberas, dejan cerrar antiguos accesos de pesca y permiten que se convierta en privada la cosa pública.
A los hechos me remito. Por estos días, en la Justicia neuquina se tramita una causa que me tiene como imputado, y se encuentra en etapa de investigación y control de pruebas, por el hecho de haber cortado en cuatro oportunidades el alambrado ilegal que el country Rincón Club de Campo mantiene desde hace más de 30 años sobre dos mil metros lineales de ribera del río Neuquén y sobre la calle pública Avenida de la Costa, ambos espacios apropiados y en uso exclusivo de los vecinos del mencionado barrio privado. Los expedientes y planos oficiales de la mensura de subdivisión de Rincón Club de Campo, que desde 1982 se encuentran en la Dirección Provincial de Catastro, establecen con claridad y contundencia que la ribera del río Neuquén es enteramente pública y que las calles perimetrales se cedieron al dominio público. Ergo, son okupas ilegales.
Paralelamente realicé una denuncia para que el country se abstenga de volver a cerrar el acceso y se garantice desde el Estado el uso colectivo de la costanera, pero al cabo de un año no avanza en lo más mínimo, todo lo contrario. He aquí otro caso de protección al alambrador.
La Legislatura de la provincia, desde mayo de este año, tiene a consideración un proyecto de ley que hemos realizado en conjunto con el diputado Mariano Mansilla, con el que pretendemos garantizar el derecho con que cuentan todas las personas para usar y gozar de todos los cuerpos de agua existentes dentro del territorio neuquino. La denominamos ley antialambre porque queremos libre acceso a los ríos sin cercos de ningún tipo. Si bien, como decía, el libre acceso a los espejos de agua es un derecho contemplado en la Constitución nacional, es preciso crear un marco legal específico que regule sobre los cerramientos indebidos por parte de propietarios de zonas de ribera y disponga severas multas a aquellos que bloquean el paso a un curso de agua. Por ello, la ley prevé sanciones económicas a quienes cierren e impidan el acceso a espacios costeros teniendo como referencia el valor de la tierra ocupada. La intención final es exigir que nuestros recursos naturales sean de disfrute colectivo siempre, que podamos tener libertad de paso, uso y disfrute, y que aquel que alambre en forma ilegal sea sancionado con severas multas, como acto disuasivo de, pongamos, “vivezas criollas” o “amistades del poder”.
La ley contempla además el rol activo de la autoridad de aplicación para abrir y mantener en esa condición las vías de ingreso público a las riberas, así como también recuperar antiguos accesos hoy vedados, y tomar las medidas necesarias para habilitar los nuevos pasos cada 5 km según cada caso. También dispondrá las construcciones necesarias como puentes, pasarelas o toda obra que se requiera para permitir el acceso en condiciones dignas e igualitarias a la población.
El fin último es la libre y democrática utilización de los bienes de interés general para las generaciones presentes y futuras. Para que entre todos podamos preservarlos y defenderlos frente a cualquier forma de contaminación, logrando además un monitoreo ciudadano de apropiaciones ilegales y privatizaciones fuera de la ley. Porque sabido es que el río no tiene dueño. El río no se vende.
*Concejal neuquino, UNE
* Francisco Baggio
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