Eliminan a dos intermediarios de pago del Ipross

Se trata del Colegio Médico de la zona Atlántica y Capresa. Un juez aceptó el pedido de amparo de una radióloga.

Redacción

Por Redacción

VIEDMA (AV).- La Justicia eliminó a Capresa y al Colegio Médico de la Zona Atlántica como intermediarios para pagar a una radióloga prestaciones realizadas a afiliados al Ipross.

A partir de esta medida serán las Federaciones Médica de Río Negro y de Clínicas, Sanatorios y Hospitales privados las que deberán abonar directamente la prestación al Ipross realizada por la radióloga viedmense Silvia Alde, en el marco del contrato existente entre estas entidades y la obra social provincial firmado en abril del «98.

El juez en lo civil de Viedma Alejandro Moldes también ordenó a la Cámara de Prestadores de la Salud de la Zona Atlántica -Capresa- y al Colegio Médico de la zona Atlántica que se abstengan de efectuar retenciones, determinar techos y realizar ajustes porcentuales sobre las facturaciones por las prestaciones de radiología no institucional de Alde. Asimismo, pidió cumplir o ejecutar la propuesta global de administración centralizada de convenios de la denominada Unidad Ejecutora Transitoria (UTE), bajo apercibimiento de ejecución y desobediencia judicial.

De esta manera el juez Moldes hizo lugar al amparo presentado por la radióloga Silvia Alde a fines del año pasado que recién la semana pasada tuvo resolución luego de una serie de recusaciones y planteos. En la presentación la profesional fun- damentó violación de los derechos constitucionales en referencia a una pseudo regionalización de la cápita o de las prestaciones médico asistenciales a la zona Atlántica a partir de octubre del `98. Detalló que debido a irregularidades del sistema desde esa fecha los fondos abonados por el Ipross a la Federación Médica de Río Negro por las prestaciones de profesionales de esta zona fueron girados por ésta al Colegio Médico y a Capresa, las que finalmente se encargan de pagar a los presta-dores.

El amparo

La radióloga en su presentación, desconoció legitimación alguna, tanto a Capresa como al Colegio Médico de la zona Atlántica, para irrumpir en las relaciones profesionales y la existencia de contrato alguno que vincule a ambas entidades con el Ipross al cual la profesional presta sus servicios.

Además, Alde planteó como irregular las retenciones que se iniciaron en abril del `98 por parte del Colegio como de Capresa que consistieron en la aplicación de índices de descuento sobre las facturaciones presentadas por la profesional, haciéndose «cada vez más notorios los porcentuales de retención y finalizando con descuentos de más del 60 por ciento por sobre los honorarios profesionales por prestaciones de radiología no institucional». Esta metodología consistiría en que si la prestación se realiza en algunas de las clínicas privadas de Viedma el profesional cobra más que aquel que las efectúa en su consultorio particular (no institucional).

El juez Moldes consideró que esas retenciones «se efectúan de manera arbitraria y desigual, en contradicción con el derecho de igualdad», ordenando a Capresa y al Colegio que «se abstengan de efectuarlas bajo apercibimiento de ejecución y desobediencia judicial».

Sin perjuicio de ello el magistrado recordó que se mantiene la medida cautelar dictada apenas se presentó el amparo y en la que se ordenó que se dejaran sin efecto las retenciones que tanto el Colegio Médico como Capresa aplicaban en los pagos a la radióloga por las prestaciones realizadas en esta ciudad a afiliados a la obra social provincial.


VIEDMA (AV).- La Justicia eliminó a Capresa y al Colegio Médico de la Zona Atlántica como intermediarios para pagar a una radióloga prestaciones realizadas a afiliados al Ipross.

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