“Jóvenes delincuentes”

Desde hace mucho tiempo trato de seguir las consecuencias o penas a los “jóvenes delincuentes”. En los casos publicados en los medios de difusión periodísticos o televisivos, el resultado del dictamen de los que deben impartir justicia –según esos medios o declaraciones de los afectados por los delitos– es una pronta libertad de los juveniles que alteraron el orden social, cuyo alcance puede ir desde un atraco o robo hasta un asesinato. En algunos casos se publicó o denunció que a las pocas horas o días esos mismos “menores”, luego de ser detenidos y liberados, amenazaron a los denunciantes. Recuerdo la responsabilidad inherente al “padre, tutor o encargado” que figuraba en los boletines de los establecimientos de enseñanza, que posiblemente –creo– hoy también exista. A mi entender, los Sres. jueces deberían dejar en los legajos-prontuarios de esos “jóvenes” el resultado de los estudios –realizados por personal calificado– sobre quién es responsable de ocuparse y preocuparse del menor que incurrió en el delito. Primero habría que verificar si existe el responsable del menor y luego si su situación social y educativa le permite cumplir con dicha obligación. Entiendo que “padre, tutor o encargado” ante reiteraciones –del “juvenil”– y luego de constatar y aprobar su idoneidad para con su responsabilidad, deberían dar cuenta por sí del hecho delictivo llevado a cabo por el menor y, principalmente, por sus reiteraciones. Norberto A. Barbieri, DNI 4.174.231 Las Grutas

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