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Ciberpatrullaje: una jueza confirmó que la fiscalía investiga sin orden judicial en Cipolletti

Alejandra Berenguer aseguró que la información que obtuvo el MPF en la causa contra el hijo de Ruth Montecino fue ilegal, porque no hubo autorización judicial. El caso abre un interrogante sobre los procedimientos de investigación.

La capacidad retórica del fiscal jefe de Cipolletti no alcanzó para convencer a una jueza sobre el polémico acceso a información que protagonizó un funcionario del Ministerio Público. Santiago Márquez Gauna se presentó en los alegatos del juicio contra el hijo de Ruth Montecino con un único objetivo: defender a Luis Guerra de una grave acusación.

Carlos Vila, defensor del acusado y habilidoso exjuez destituido, probó que el empleado judicial obtuvo datos sensibles de su cliente sin una orden judicial. Fue el propio Guerra quien indicó sin modestia alguna cómo había conseguido la información que se usó en contra de Franco Hernández, hijo de la líder narco, acusado en este juicio por el delito de coacción.

El buceo de información, también denominado ciberpatrullaje, es una práctica ya habitual de la fiscalía de Cipolletti que incluso se utiliza para desacreditar a los testigos de la contraparte, aseguraron algunos defensores.

Guerra aseveró que con solo enviar un mail a las compañías telefónicas podía acceder a datos de geolocalización y registros de sábanas, con entrada y salida de llamadas entre otra información sensible.

El caso abrió un debate en Cipolletti


El tema abrió un polémico interrogante sobre cuál es el alcance de la investigación presuntamente ilegal en Cipolletti. Es que Guerra es el titular del área de Logística y Litigación, un departamento que no tiene lugar en el organigrama de la Procuración y que no funciona en el resto de las circunscripciones del Poder Judicial de Río Negro. Fue creado por el propio fiscal jefe Márquez Gauna y Guerra accedió allí sin concurso.

Considero que le asiste parcialmente la razón al defensor respecto a la intromisión de la fiscalía a través de un empleado jerarquizado como Guerra para solicitar informes relativos al tráfico de datos del abonado Franco Hernández, cuestión que excede el marco de la tarea investigativa al Ministerio Público Fiscal”.

La jueza Alejandra Berenguer, en la lectura del fallo de responsabilidad.

Como contó RIO NEGRO, el cierre del juicio contra Hernández estuvo atravesado por una discusión jurídica de alto vuelto entre Marquez Gauna y Vila sobre el acceso a la información que podría violar el derecho a la privacidad.

Los contrincantes en la arena judicial tienen un picante antecedente en la causa por el crimen de Facundo Castillo en Cipolletti. Vila es uno de los defensores de Ramiro Gutiérrez, el acusado, y en varias oportunidades intercambiaron chicanas y fuertes discusiones. Es más, Vila llegó a recusarlo aunque no lo consiguió.

¿Se vienen los sumarios?


En el caso de Franco Hernández, Márquez Gauna fue exclusivamente al juicio a discutir sobre esta prueba que no tenía ninguna injerencia en el debate, como lo dijo la jueza Alejandra Berenguer en la declaración de responsabilidad de Franco Hernández. Además, la magistrada sobre el cierre del veredicto, le dio la razón a Vila y resolvió que el trabajo de Guerra fue ilegal: ¿se vienen los sumarios?

Márquez Gauna se refirió solo a los datos de geolocalización que definió como «metadatos» pero nada dijo del listado de llamadas al que puede acceder el funcionario sin orden judicial entre otros datos sensibles que afectan a la privacidad.

El fiscal jefe había cuestionado semanas atrás a un colega de la defensa pública por despilfarrar recursos del Estado. De todas formas, en este juicio él mismo se enredó en una discusión estéril que nada aportó a la solución que buscaba la damnificada, víctima además de violencia de género. La audiencia demoró casi tres horas y la mayor parte del tiempo fue por la egocéntrica cruzada jurídica que incluyó jurisprudencia de los Estados Unidos no aplicable en Argentina.

«Considero que le asiste parcialmente la razón al defensor respecto a la intromisión de la fiscalía a través de un empleado jerarquizado como Guerra para solicitar informes relativos al tráfico de datos del abonado Franco Hernández, cuestión que excede el marco de la tarea investigativa al Ministerio Público Fiscal”, sostuvo la jueza en el veredicto.


Berenguer echó mano a la constitución nacional, provincial y a la ley de datos personales para argumentar que el empleado judicial se extralimitó en su tarea de investigación. Ratificó que para obtener los datos a los que accedió se necesita de una orden judicial. «No es información de acceso público», concluyó la magistrada.

Agregó que el fiscal, pese a su alegato defensista del procedimiento, no logró desvirtuar principios constitucionales: «no se habla aquí sólo de geolocalización o de metadatos puesto que se accede de una forma bastante sencilla según Guerra a información que no es pública».


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