Confirman acuerdo que declara responsable al hombre que mató a su hijo en un incendio intencional en Neuquén

Federico Costich asesinó a Nazareno de 19 años y quemó en la cara a su otra hija en marzo de 2024. La decisión se conoció tras la impugnación presentada por la defensa frente a un tribunal colegiado.

El Tribunal de Impugnación declaró válido el acuerdo de responsabilidad penal alcanzado en la causa contra Federico Costich, acusado de iniciar un incendio en su vivienda del barrio Cumelén de Neuquén capital, que provocó la muerte de su hijo Nazareno Jara (19) y de agredir a su hija días antes.

La decisión se conoció tras la impugnación presentada por la defensa frente al fallo de un tribunal colegiado integrado por los jueces Gustavo Ravizzoli y Andrés Repetto y por la jueza Carina Álvarez, que había anulado el acuerdo y ordenado retrotraer el proceso a la etapa de control de acusación.

La fiscal del caso, Lucrecia Sola, junto a la asistente letrada Agustina Bouyer, había solicitado ratificar la vigencia del acuerdo.


Argumentos del Tribunal


Con el voto mayoritario de los jueces Richard Trincheri y Patricia Lupica Cristo, el Tribunal de Impugnación resolvió que el tribunal anterior se excedió en sus atribuciones, dado que su función era únicamente determinar el monto de la pena y no revisar la validez del acuerdo alcanzado.

“El primer obstáculo que tenían era que la condena estaba firme”, señaló Trincheri, quien sostuvo que el tribunal “se inmiscuyó en una tarea que no tenía”. Además, destacó que la fiscalía y la querella son las únicas que pueden valorar si cuentan con pruebas suficientes para sostener la acusación, y mencionó que la única testigo presencial —víctima de una de las agresiones— no estaba en condiciones de declarar en un juicio, lo que fue tenido en cuenta por las partes para arribar a una solución alternativa.

El juez Nazareno Eulogio votó en disidencia. De este modo, quedó firme la declaración de responsabilidad penal de Costich, homologada en marzo por el juez de garantías Juan Guaita. El proceso continuará con la definición de la pena, a cargo de un nuevo tribunal de juicio.


Los hechos atribuidos


Según la investigación de la fiscalía y la querella, el primer hecho ocurrió el 24 de marzo de 2024, cuando Costich agredió a su hija en la vivienda familiar: la golpeó, la roció con insecticida y le provocó quemaduras en el rostro al prenderle fuego, tras mantenerla encerrada.

El segundo hecho tuvo lugar el 26 de marzo de 2024, en la misma casa, cuando inició un incendio intencional mientras su hijo dormía en la planta alta, lo que le provocó la muerte. De acuerdo con la acusación, el imputado actuó bajo los efectos de drogas y alcohol, en un contexto de violencia de género y maltrato hacia sus hijos.

En el marco del acuerdo, Costich fue declarado responsable por lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (primer hecho), y por estrago doloso seguido de muerte (segundo hecho).


El Tribunal de Impugnación declaró válido el acuerdo de responsabilidad penal alcanzado en la causa contra Federico Costich, acusado de iniciar un incendio en su vivienda del barrio Cumelén de Neuquén capital, que provocó la muerte de su hijo Nazareno Jara (19) y de agredir a su hija días antes.

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