El STJ rechazó el intento de una exjueza de Roca de llevar su destitución a la Corte Suprema

El máximo tribunal de Río Negro afirmó que el recurso que presentó Moira Revsin no cumplía los requisitos para que llegue a la Corte Suprema. Le queda la opción de recurrir en queja.

La exjueza de Roca, Moira Revsin, destituida el año pasado por el Consejo de la Magistratura, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro un recurso extraordinario federal para intentar llevar su caso a la Corte Suprema de Justicia.

El planteo, presentado por los abogados Carlos Gadano y Andrés Gil Domínguez, fue rechazado por el máximo tribunal de Río Negro porque no cumplía con los requisitos necesarios. El camino que puede seguir la exmagistrada es recurrir en queja al máximo tribunal del país.

El nuevo recurso presentado por Revsin se suma al que planteó a principios de diciembre y fue rechazado por el máximo tribunal. En aquella ocasión la magistrada presentó una queja contra la resolución dictada por el Consejo de la Magistratura que declaró inadmisible el recurso de casación que presentó por su destitución como magistrada de la Unidad Procesal 11 (ex Juzgado de Familia 11). 

La exjueza planteó en su último recurso ante el STJ, que fue presentado en diciembre pero tuvo resolución en marzo, que la sentencia dictada por el máximo tribunal de Río Negro «desconoce la existencia, naturaleza y aplicación del plazo de caducidad de los procesos de remoción, como garantía institucional de la independencia judicial».

En este sentido señala que en la etapa de investigación preliminar llevada a cabo por la Auditoría Judicial, el plazo previsto por la normativa aplicable no se respetó, «en virtud de lo cual el juicio político nunca debió tramitarse».

La exjueza Revsin indicó en su presentación que una pericia psicológica hubiera permitido detectar si existió un daño a las víctimas. Y que esto último tendría relación inmediata y directa con la decisión final adoptada por el Consejo de la Magistratura.

Además sostuvo que el fallo impugnado vulneró el principio de proporcionalidad entre los hechos imputados y la gravedad de la sanción impuesta.

El STJ, con los votos rectores de los jueces Ricardo Apcarian, Cecilia Criado y Alejandro Cabral y Vedia (subrogante), cuestionó la presentación de Revsin y sus abogados.

Los jueces del máximo tribunal de Río Negro afirmaron que el recurso no puede prosperar porque incumple los requisitos impuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Acordada N° 4/2007.

En este sentido afirma que el escrito «omite precisar el momento en que se presentaron por primera vez las cuestiones que se invocan como de índole federal, cuándo y cómo introdujo el planteo respectivo y cómo lo mantuvo con posterioridad» (art. 3 inc. b).

El tribunal también planteó que Revsin no acredita que el fallo del STJ le ocasiona un gravamen personal, concreto, actual y «no derivado de su propia actuación».

Tampoco expone de modo idóneo y suficiente la relación directa e inmediata entre las «normas federales invocadas y lo debatido e incluso resuelto en el caso», señaló el STJ.

El cuerpo también planteó que «no puede ignorarse que la temática debatida involucra una cuestión de derecho público local y la solución dada en la sentencia impugnada se desprende de la aplicación de aquella normativa, tratándose por ello de una cuestión no federal».

«Por los fundamentos expresados, se concluye que la recurrente no logró demostrar la existencia de cuestión federal que dé sustento a la procedencia del recurso, ante lo cual corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto», señaló el STJ.

La jueza María Luján Ignazi y juez Federico Corsiglia (subrogantes), se abstuvieron de votar tras el acuerdo de los tres magistrados anteriores.

Por qué destituyeron a Revsin


Revsin  en el marco del jury que concluyó en junio del año pasado en Roca, por acusaciones de maltrato en el ámbito laboral.

Las acusaciones fueron presentadas por el gremio Sitrajur, la Coordinadora de la Oficina de Tramitación Integral del Fuero de Familia (OTIF) y parte del staff del juzgado por hechos ocurridos entre 2017 y 2021, como “maltrato psicológico, maltrato sistemático, hostigamiento, atropello, acoso, persecución, hostilidad continua, indebida injerencia de la magistrada en sus tareas y/o competencias», entre otros.