Imputaron a un prestador y un guía por la muerte de una turista durante una excursión de rafting en el río Manso

La fiscalía les atribuyó haber causado el deceso de Mónica Trejo por su conducta negligente y antirreglamentaria. El juez admitió los cargos y habilitó la investigación del caso hasta el 4 de febrero del 2026.

El juez de garantías Juan Pablo Laurence admitió este jueves los cargos que el fiscal jefe Martín Lozada y el fiscal de El Bolsón Francisco Arrien formularon contra dos sospechosos de haber causado -por su obrar negligente- la muerte de Mónica Trejo, durante una excursión de rafting, en el río Manso.

Lozada atribuyó a Ismael Sisterna, titular de la empresa Cohuinco, que presta el servicio de excursiones de rafting , y a Ignacio Velardez, guía de esa actividad, el hecho que ocurrió el 19 de noviembre del 2024, entre las 14.45 y las 16.45, en el rio Manso Inferior, en el trayecto del sector Steffen hasta la pasarela de Carro, del paraje río Villegas.

Afirmó que a pesar de que Sisterna se encontraba inhabilitado para prestar el servicio de rafting, siguió con la prestación en el río Manso. También, ofrecía en redes sociales.

El fiscal jefe relató que tres amigas contrataron la excursión que Sisterna ofrecía y pagaron 176.700 pesos.

Las tres fueron trasladadas por un vehículo de la empresa Cohuinco, junto a otros turistas, desde el centro de Bariloche hasta el parador de la empresa, ubicado en la Ruta 83, cerca de la confluencia del río Manso.


El descenso por el río Manso


Lozada dijo que fueron equipadas para la actividad y distribuidas en tres balsas. Seis personas abordaron una de las balsas que Velardez condujo por un trayecto del río Mansi Inferior.

Cuando llegaron al final del recorrido, según Lozada, Velardez omitió llevar adelante las maniobras para evitar la colisión de la lancha contra un sauce, ubicado en el medio del río.

La fiscalía dijo que tampoco impartió una indicación clara para que los turistas realizaran la maniobra para evitar la colisión.

Por el impacto, los seis ocupantes de la balsa y el guía cayeron al agua. Todos, menos Trejo, pudieron mantenerse a flote y nadar por el canal del centro del río hasta la margen del lado sur donde fueron rescatados por las personas que se encontraban en el lugar”, dijo Lozada.

Pero Trejo “fue arrastrada” y recorrió “casi un kilómetro y medio sumergida en el río”. Fue rescatada por los guías que salieron a socorrerla. En la costa del río, la mujer manifestó su dificultad para respirar. Después, se descompensó y murió en ese lugar.

“Debido al accionar antirreglamentario de Sisterna e imperito de Velardez, Trejo sufrió una muerte súbita cardíaca”, indicó Lozada.

Calificó los hechos atribuidos a los imputados de manera provisoria como un homicidio culposo, siendo Sisterna y Velardez responsables como coautores.

Arrien mencionó en la audiencia, que se hizo de manera virtual, las evidencias recolectadas durante la etapa preliminar para sostener los cargos.


Las defensas tienen otra teoría


El defensor particular Alejandro Pschunder, que asiste a Sisterna, y su colega Luciano Magaldi, que defiende a Velardez, no se opusieron a los cargos formulados por la fiscalía. Aunque adelantaron que tienen otra teoría de lo que sucedió. Y alegaron que los sospechosos tenían las habilitaciones para hacer la actividad.

“Espero que esto se resuelva de la mejor manera. Soy una persona honesta y que se tenga en consideración lo que estoy mencionando”, explicó Sisterna. “Nadie está exento de un accidente. Lamentablemente fue un accidente”, dijo Pschunder.

Laurence habilitó la investigación por cuatro meses y validó el pedido de la fiscalía de que los imputados mantengan sus domicilios y comparezcan cada vez que sean citados.


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El juez de garantías Juan Pablo Laurence admitió este jueves los cargos que el fiscal jefe Martín Lozada y el fiscal de El Bolsón Francisco Arrien formularon contra dos sospechosos de haber causado -por su obrar negligente- la muerte de Mónica Trejo, durante una excursión de rafting, en el río Manso.

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