Revés de la Corte a mapuches imputados por usurpación en Bariloche: deberán enfrentar un juicio

Los acusados serán juzgados en fecha a definir. El máximo tribunal rechazó las quejas de los imputados, en su mayoría miembros de la comunidad mapuche Buenuleo, por la usurpación de un lote en el cerro Ventana de Bariloche.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este martes los recursos de queja que habían presentado los defensores de los 8 imputados por usurpación de un valioso lote en el cerro Ventana de Bariloche, en su mayoría integrantes de la comunidad mapuche Buenuelo porque fueron presentados cuando ya habían vencido los plazos legales.

La defensa de los acusados había recurrido al máximo tribunal de justicia del país para que revisara y dejara sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro que revocó el 1 de abril del 2022 los sobreseimientos de los imputados y ordenó que la causa siga adelante.

Fuentes judiciales próximas a la defensa de los acusados recordaron este martes que ese expediente ya superó la etapa del control de acusación y solo falta que se defina la fecha del juicio.

El STJ admitió en abril del año pasado una impugnación extraordinaria que había interpuesto Emilio Friedrich, que es querellante en la causa, con el patrocinio del abogado Alejandro Pschunder.

Los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas que habían presentado los defensores particulares de Claudio Javier Raile, Sandra Noemí Ferman, Ramiro Abelardo Andrés Buenuleo, Nahuel Aucan Maliqueo, Nicolás Antonio Quijada, Lucas Emmanuel Dinamarca, Rosa Mabel Buenuleo y Mauro Millán, lonko de la comunidad mapuche Pillan Mahuiza. Todos acusados por usurpación.

Desestimaron los recursos porque fueron presentados en forma extemporánea, cuando ya habían vencido los plazos legales para hacerlo.

En consecuencia, la fiscalía de Bariloche y la querella podrán seguir adelante con la causa que se originó tras la usurpación que los imputados ejecutaron el 10 de septiembre de 2019, cuando despojaron a Friedrich y otras personales, de un lote de alrededor de 92 hectáreas, que está situado en el faldeo del cerro Ventana, en las afueras de esta ciudad.


Antecedentes de una causa con un largo recorrido


Los acusados tomaron el lote y alegaron que se trataba de una recuperación de territorio de la comunidad mapuche Buenuleo. Friedrich denunció en la fiscalía la usurpación y allí comenzó el expediente comenzó a recorrer un extenso y sinuoso camino hasta llegar a la Corte Suprema.

El 1 de abril del año pasado, los jueces del STJ de Río Negro rechazaron “las vías de hecho”, en referencia a las usurpaciones u ocupaciones de lotes privados como mecanismo de recuperación de territorios por parte de las comunidades indígenas que habitan la provincia.

“La pertenencia a determinados grupos de personas (en el caso, a una comunidad indígena) no es condición adecuada ni suficiente para no aplicar el Código Penal que actualmente rige para todo habitante del territorio”, afirmaron los jueces.

“Establecer situaciones que queden al margen de la ley general no puede ni debe ser admitido y alentado, tanto menos cuando las decisiones desincriminantes como la impugnada consagran situaciones de impunidad y validan vías de hecho pues, lejos de pacificar cualquier conflicto, tienen el efecto contrario: lo reavivan y extienden”, sostuvieron.

Los 8 imputados fueron acusados por la usurpación en septiembre de 2019. El juez de garantías de Bariloche Sergio Pichetto admitió los cargos que la fiscalía les atribuyó por haber despojado del lote a Friedrich que tenía la posesión.

El juez de Bariloche Marcos Burgos revisó en octubre de 2019 lo resuelto por Pichetto y lo confirmó. A finales de septiembre del 2020, la entonces presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda, dictó una resolución que les reconoció la posesión tradicional de 480 hectáreas a la comunidad Buenuleo, incluidas las que les usurparon a Friedrich.


Críticas al rol de la fiscalía


Tras esa resolución, el fiscal jefe Martín Lozada de Bariloche desistió en octubre del 2020 de seguir adelante con la persecución penal contra los imputados y adhirió al pedido de sobreseimiento planteado por los defensores.

El querellante impugnó esa decisión. Pero el Tribunal de Impugnación provincial sobreseyó el 24 de noviembre del 2021 a los acusados. El STJ anuló la sentencia del Tribunal de Impugnación y también la intervención del Ministerio Público Fiscal.

Además se notificó “al Procurador General lo resuelto, en razón de la trascendencia y gravedad de la cuestión que evidencia una clara disfuncionalidad, en desmedro de los principios constitucionales y legales que rigen la actuación del Ministerio Público a su cargo”.

Los defensores presentaron recursos extraordinarios federales ante el STJ para llevar el caso a la Corte Suprema, pero el máximo tribunal rionegrino denegó el 14 de junio del 2022 esa posibilidad. Por eso, los defensores fueron en queja ante la Corte que le cerró hoy las puertas al reclamo.


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