Lago Escondido: primer paso para llevar a la Corte la sentencia del STJ que le dio la razón a Lewis

Los abogados de la legisladora provincial electa Magdalena Odarda presentaron el recurso extraordinario federal, con el objetivo de que el máximo tribunal del país revise el fallo que el STJ dictó el 31 de agosto pasado y que desestimó el camino de Tacuifí para acceder al lago.

Los abogados que patrocinan a la legisladora provincial electa Magdalena Odarda dieron el primer paso en su objetivo de llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pretenden que el máximo tribunal de justicia del país revise la sentencia que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro dictó el 31 de agosto pasado, cuando desestimó el camino vecinal de Tacuifí para garantizar el acceso público al lago Escondido.

Los jueces del STJ Ricardo Apcarian, Sergio Barotto y la jueza Cecilia Criado admitieron parcialmente los recursos de casación interpuestos por la Fiscalía de Estado de la provincia y la empresa Hidden Lake SA, cuyo titular es el magnate inglés Joe Lewis. Y revocaron los fallos de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche y del exjuez civil de primera instancia Carlos Cuéllar, que ordenaban garantizar el acceso al lago Escondido por el camino de Tacuifí, identificado como traza corta.

El STJ definió que el acceso público al lago se debe garantizar por el sendero de montaña, que tiene un recorrido de unos 33 kilómetros. Es una traza mucho más larga que el camino vecinal por Tacuifí. Y, sobre todo, no cruza por las propiedades de pobladores de la zona ni por la del magnate inglés.

Odarda informó en un comunicado que presentaron el lunes el recurso extraordinario federal contra la sentencia del STJ. Los abogados Ernesto Montecino Odarda (hijo de la legisladora electa) y Juan Martín Palumbo, ambos en representación de Odarda, ingresaron el recurso ante el máximo tribunal rionegrino, que resolverá si lo admite o lo desestima.

En el caso de que sea rechazado, Odarda tendrá la última oportunidad con un recurso de queja ante la Corte Suprema.

Odarda calificó el fallo impugnado “como violatorio de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de Derechos Humanos”. Aseguró que se trata de la “clausura y entrega a privados el camino de Tacuifí, dejando en pie -para acceder al lago Escondido-, solamente el “sendero de montaña” que requiere de un tránsito de cuatro días a pie o a caballo –por lugares de alta peligrosidad y fragilidad ambiental- en plena zona cordillerana y a pocos kilómetros de la frontera con Chile”.


Un beneficio para Lewis


Odarda afirmó que el STJ “beneficia otra vez a Lewis ya que -de hecho- convalida judicialmente la privatización de un reservorio de agua dulce de máxima pureza, excluyendo al 99% de la población argentina de conocer una maravilla natural que le pertenece”.

Según Magdalena Odarda, la sentencia anula la garantía del artículo 73 de la Constitución rionegrina “que otorga el derecho a todos los habitantes de acceder libremente a ríos, mares y lagos como bienes de dominio público del Estado, además de constituirse en un nefasto antecedente “anti derechos” en relación al acceso al “agua como derecho humano”.

Este fallo del STJ resulta excluyente y contrario a derechos de raigambre constitucional como el derecho a la igualdad y al principío de no discriminación”, sostuvo Odarda, “al excluir para siempre de la posibilidad de conocer un bien natural común en forma segura, a niños, ancianos, enfermos y personas con discapacidad o movilidad reducida”.

Sin embargo, la sentencia del STJ ordenó a la Fiscalía de Estado “acreditar ante el Juez de ejecución, en el plazo de 60 días hábiles, el cumplimiento de las obligaciones remanentes de señalamiento y asegurativas impuestas a la Provincia con relación a la traza larga de acceso al lago” Escondido.

Afirma que el STJ “comete la entrega de bienes públicos más escandalosa de la historia de la Provincia de Río Negro: regala parte del territorio al capital británico al ceder un reservorio de agua dulce de importancia estratégica para la región por su ubicación en área de seguridad de frontera, lo cual afecta en forma flagrante nuestra soberanía”.

Según Odarda, el fallo pasó por alto las sentencias firmes del STJ (con otra integración) de 2009 y de 2012 “y dos decisorios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que en forma contundente rechazaron los planteos de Lewis”.


La lupa sobre el fallo de Cuéllar


Apcarian, Barotto y Criado advirtieron el error que cometió Cuéllar en el fallo que dictó el 22 de febrero de 2013. “Erróneamente, soslayando la sentencia originaria, y con el propósito de integrar el “vacío técnico” en cuanto a la condición jurídica de la traza Tacuifí, se tergiversó el objeto de la manda a ejecutar, asumiendo que las obligaciones de señalización y medidas de seguridad se impusieron a la Provincia respecto de ambas vías de acceso al lago Escondido”.

“Sin embargo, no existió tal condena en relación al trayecto que nace en Tacuifí, ni la Provincia asumió tal responsabilidad en el acuerdo arribado en la audiencia del 20 de diciembre de 2006 al cual se asignó el trámite de incidente de ejecución de sentencia”, advirtieron.

“De esa forma, el Juez de ejecución (por Cuéllar) avanzó sin competencia alguna para hacerlo, y ordenó la constitución de restricciones o servidumbres administrativas a fin de afectar al uso público un camino privado”, señalaron. Las juezas subrogantes Sandra Filipuzzi y María Luján Ignazi, que reemplazaron a Sergio Ceci y Liliana Piccinini, quienes se excusaron de intervenir, se abstuvieron.


Antecedentes una causa espinosa


Odarda presentó el 21 de abril de 2005 una acción de amparo contra Vial Rionegrina Sociedad del Estado (Viarse), la Subdirección de Comisiones de Fomento, el Gobierno de la Provincia de Río Negro y Hidden Lake SA, con el objeto de que se garantice el libre acceso al Lago Escondido. También, pidió en el amparo que se proceda a la reparación de caminos vecinales que conducen a aquel y de no encontrarse en condiciones, se construya una nueva vía de acceso. Por esos años, era legisladora provincial del Ari.

El STJ -con otros jueces- entendió que más que un amparo se trataba de una acción de mandamus. Y rechazó por mayoría la demanda de Odarda, en una sentencia que dictó el 21 de septiembre de 2005.

No obstante, advirtió que había cuestiones pendientes de resolución por parte de los requeridos y dispuso que en un plazo razonable debían finalizar los trámites administrativos registrales y lo propuesto por la Fiscalía de Estado, para permitir y asegurar el acceso al Lago Escondido por el camino objeto de servidumbre (traza larga), de acuerdo a las normas vigentes aplicables al caso.

El 20 de diciembre de 2006 se hizo una audiencia con el entonces presidente del STJ de la que participó Odarda y el Fiscal de Estado que formularon un acuerdo, donde la Provincia se comprometió a supervisar el trámite de inscripción de la servidumbre en un plazo de 30 días hábiles, a realizar con las autoridades de Viarse el proyecto ejecutivo de la traza (por el sendero de montaña) en un plazo de 120 días corridos cada 10 kilómetros según la complejidad de la zona donde se debe trabajar. Como tercer punto se comprometió a incluir el proyecto aludido en el presupuesto 2007.

“Allí, se consignó la expresa aceptación de la actora a la propuesta y que las partes consideraban necesario realizar un reconocimiento judicial in situ con presencia de Viarse y Hidden Lake SA. En atención a lo acordado, se ordenó tener presente lo convenido y se asignó el trámite de incidente de ejecución de sentencia del punto segundo del fallo del 21 de septiembre de 2005”, recordaron Apcarián, Barotto y Criado.

En 2009, el STJ advirtió cuestiones pendientes de resolución por parte de los requeridos y dispuso que en un plazo razonable debían finalizar los trámites administrativos registrales para permitir y asegurar el acceso al Lago Escondido por el camino objeto de servidumbre por el sendero de montaña.

Pero el 22 de febrero de 2013, Cuéllar, que entonces era juez civil de primera instancia de Bariloche, interpretó que correspondía garantizar además el camino por la traza corta de Tacuifí. Para los jueces del STJ Cuéllar se extralimitó. En septiembre del año pasado, los jueces Emilio Riat y Marcela Pájaro, de la Cámara de Apelaciones de Bariloche confirmaron esa sentencia de Cuéllar. Por eso, Hidden Lake SA y la Fiscalía de Estado de la provincia recurrieron al STJ, que les dio la razón.


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