La Justicia ordenó una poda
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez en lo Civil y Comercial Emilio Riat resolvió de manera favorable la presentación de un vecino, y bajo la figura de “daño temido” ordenó el apeo de siete álamos, porque están ubicados muy cerca de una vivienda y representan una amenaza a la integridad física de toda la familia del demandante y sus bienes. El vecino explicó en su demanda que los siete árboles generaban una amenaza constante a la integridad física de su familia y sus bienes y acompañó un informe del Servicio Forestal Andino de la provincia de Río Negro, que recomendó apear a ras del suelo los álamos. El magistrado intimó al propietario del inmueble donde se encuentran los árboles a que en un plazo de diez días pode a una altura máxima de dos metros los árboles cuestionados, bajo apercibimiento de imponerle sanciones. Previo a dictar sentencia Riat realizó inspección ocular y constató el riesgo existente ante una eventual caída de los álamos o de sus ramas, y valoró el informe que dictaminó que, debido a la altura de los árboles, su cercanía e inclinación hacia la vivienda, “existe riesgo actual de caída de ramas y un eventual descalce de raíces de un árbol completo”. Ese informe aconseja una poda severa, con corte del tronco de cada árbol a una altura máxima de 2 metros, para evitar los riesgos y también la muerte de los álamos. Las sanciones económicas previstas para caso de incumplimiento son de 150 pesos por cada día de retardo.
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez en lo Civil y Comercial Emilio Riat resolvió de manera favorable la presentación de un vecino, y bajo la figura de “daño temido” ordenó el apeo de siete álamos, porque están ubicados muy cerca de una vivienda y representan una amenaza a la integridad física de toda la familia del demandante y sus bienes. El vecino explicó en su demanda que los siete árboles generaban una amenaza constante a la integridad física de su familia y sus bienes y acompañó un informe del Servicio Forestal Andino de la provincia de Río Negro, que recomendó apear a ras del suelo los álamos. El magistrado intimó al propietario del inmueble donde se encuentran los árboles a que en un plazo de diez días pode a una altura máxima de dos metros los árboles cuestionados, bajo apercibimiento de imponerle sanciones. Previo a dictar sentencia Riat realizó inspección ocular y constató el riesgo existente ante una eventual caída de los álamos o de sus ramas, y valoró el informe que dictaminó que, debido a la altura de los árboles, su cercanía e inclinación hacia la vivienda, “existe riesgo actual de caída de ramas y un eventual descalce de raíces de un árbol completo”. Ese informe aconseja una poda severa, con corte del tronco de cada árbol a una altura máxima de 2 metros, para evitar los riesgos y también la muerte de los álamos. Las sanciones económicas previstas para caso de incumplimiento son de 150 pesos por cada día de retardo.
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