El Senado aprobó los cambios en el Monotributo y estos son los puntos principales

Con la reforma se vuelve a los valores vigentes en diciembre de 2020. Además se implementará un plan de cuotas y se ampliarán las escalas.

El Senado aprobó la modificación del monotributo y luego de la media sanción de Diputados, se convirtió en ley  el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes

El proyecto pone fin a la gran polémica que se generó en torno al aumento del monotributo. La reforma elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

Esas deudas producidas por la recategorización habían ocasionado miles de quejas de monotributistas dado el contexto de crisis económica en el que está la Argentina y el escándalo obligó al Gobierno a rever la situación en pleno semestre electoral.

El subdirector General de Fiscalización de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Julián Ruiz dijo que la reforma «viene a complementar lo que se votó en abril sobre el sostenimiento y la inclusión fiscal de los monotributistas». Agregó que este proyecto «beneficiará a cuatro millones 100 mil» aportantes y anunció que «se vuelve a los valores vigentes a diciembre de 2020».

«La idea es que los que pasaron al régimen general puedan regresar al del monotributo. También se establece una moratoria con condonación de multas e intereses. Se trata de un plan de sesenta cuotas y cuya alícuota máxima de interés será del 1,5 por ciento mensual«, sostuvo el funcionario.

Otro de los puntos salientes de la reforma es que actualiza las escalas. Las amplía a partir de julio de este año de manera tal que en los hechos eleva entre el 35 y el 77% los topes de Ingresos Brutos para cada una de las categorías.

También se incorporan beneficios para aquellos contribuyentes que facturaron por encima del tope de la máxima categoría de manera tal que puedan permanecer en el régimen simplificado y no tengan que pasar al régimen general de autónomos. Este punto se aplicará siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.

Ahora, la nueva ley actualiza las escalas para todas las categorías (con impacto sobre unos 4.080.151 monotributistas) desde julio de 2021 y propone un plan de pagos de hasta 60 cuotas para regularizar las deudas anteriores. También se eliminan las multas recibidas.

A partir del 1 de julio de 2021, los monotributistas podrán facturar al año: hasta $370.000 en la categoría A; $550.000 en la B; $770.000 en la C; $1.060.000 en la D; $1.400.000 en la E; $1.750.000 en la F; $2.100.000 en G; $2.600.000 en la H; $2.910.000 en la I; $3.335.000 en la J; $3.700.000 en la K.

Para la categoría A significa un aumento del 77,2% en la posibilidad de facturación sin cambiar de categoría, respecto de lo que rigió entre enero de 2020 y junio de 2021. Para la B, 75,6%; para la C, 84,4%; para la D, 69,3%; para la E, F y G, 67,7%; para la H, 49,5%; 42,3% para la I; 42% para la J; 41,8% para la K.

En el mismo debate, el Senado sancionó de manera definitiva un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.


Agencias Télam y Noticias Argentinas

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