No es delito no brindar informes

Redacción

Por Redacción

VIEDMA (AV)- El juez Carlos Reussi consideró que no existe delito en la actitud de la secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos de la Secretaría General de la Gobernación, Silvia Jañez y de la secretaria de Minería e Hidrocarburos, Tamara Pérez Balda, quienes se negaron a responder pedidos de informes formulados por la defensora del Pueblo, Ana Piccinini. El magistrado decidió sobreseer a ambas funcionarias, fundando su fallo en que “no se advierte una conducta dolosa por parte de Pérez Balda y/o Jañez de apartarse de los deberes de su cargo y la legalidad vigente”. La causa se inició a partir de una denuncia de la defensora del Pueblo, quien consideró ilegal que Pérez Balda habría rehusado brindar información requerida en el marco de la investigación que el organismo a cargo de Piccinini lleva adelante, en relación a la prórroga de concesiones petroleras en la provincia. La titular del órgano de Control presentó notas a Pérez Balda en noviembre y diciembre de 2009 pidiendo documentación e informes. Por su parte, la secretaria de Minería e Hidrocarburos le pidió a Jañez que se expidiera en referencia a esas solicitudes. A fines de enero de 2010, la asesora legal y técnica sugirió no responder las peticiones. Reussi estimó que “no se puede hablar que Pérez Balda haya actuado con malicia ni en forma ilegítima, motivo por el cual el dolo debe descartarse de plano de su accionar”. Respecto de Jañez “tampoco se vislumbra actitud dolosa a la hora de aconsejar a Pérez Balda”, indicó el magistrado.


VIEDMA (AV)- El juez Carlos Reussi consideró que no existe delito en la actitud de la secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos de la Secretaría General de la Gobernación, Silvia Jañez y de la secretaria de Minería e Hidrocarburos, Tamara Pérez Balda, quienes se negaron a responder pedidos de informes formulados por la defensora del Pueblo, Ana Piccinini. El magistrado decidió sobreseer a ambas funcionarias, fundando su fallo en que “no se advierte una conducta dolosa por parte de Pérez Balda y/o Jañez de apartarse de los deberes de su cargo y la legalidad vigente”. La causa se inició a partir de una denuncia de la defensora del Pueblo, quien consideró ilegal que Pérez Balda habría rehusado brindar información requerida en el marco de la investigación que el organismo a cargo de Piccinini lleva adelante, en relación a la prórroga de concesiones petroleras en la provincia. La titular del órgano de Control presentó notas a Pérez Balda en noviembre y diciembre de 2009 pidiendo documentación e informes. Por su parte, la secretaria de Minería e Hidrocarburos le pidió a Jañez que se expidiera en referencia a esas solicitudes. A fines de enero de 2010, la asesora legal y técnica sugirió no responder las peticiones. Reussi estimó que “no se puede hablar que Pérez Balda haya actuado con malicia ni en forma ilegítima, motivo por el cual el dolo debe descartarse de plano de su accionar”. Respecto de Jañez “tampoco se vislumbra actitud dolosa a la hora de aconsejar a Pérez Balda”, indicó el magistrado.

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