Nueva normativa para casas de cambio

De ahora en más pueden intervenir en comercio exterior. A tal fin se derogó un decreto vigente desde el año 1971.

Redacción

Por Redacción

El presidente de la Cámara Argentina de Casas y Agencias de Cambio, Mario Mochetti, informó que las entidades que representa ya pueden participar de operaciones de comercio exterior al derogarse un decretó de 1971 que lo impedía. El empresario dialogó con Río Negro tras la apertura de una casa de cambio en Neuquén, propiedad de los empresarios Viviana Villacorta, Luis Arias y Elvio Luis.
P: ¿Se necesita derribar regulación del BCRA para que los agentes de cambio crezcan?
R: Las regulaciones se han flexibilizado mucho. Con lo que era hasta hace tres años, estamos en un marco normativo flexible para la apertura, sobre todo para de entidad. Si bien la supervisión ha tenido cambio no ha sido significativo como lo fue para el proceso para obtener la autorización para operar. Hay una dinámica distinta. Entiendo que no habrá más.
P: ¿Abona la teoría de que somos un país con bimoneda?
R: La sociedad argentina tiene una propensión a ahorrar en dólares o cubrirse respecto de fluctuaciones y vaivenes. Se refugia en el dólar.
P: ¿Porqué Neuquén?
R: Es una plaza atractiva. Tiene potencialidad para el desarrollo de negocios y eso no exceptúa al mercado cambiario. Se reciben consultas permanentes respecto a instalarse en mercados como éste. En materia de comercio exterior, Neuquén se presenta como una plaza atractiva y es una suerte de imán para aquellos que pueden operar como intermediarios en operaciones de comercio exterior.

“La sociedad argentina tiene una alta propensión a ahorrar en dólares. Se busca al dólar como refugio a los vaivenes”

Mario Mochetti – Presidente Cámara Argentina de Casas y Agencias de Cambio


P: ¿Una casa de cambio compite con un banco?
R: En distintos segmentos de negocios. Una agencia compite en compra y venta de moneda extranjera y también en el cobro y pago de operaciones de comercio exterior tanto de tangibles como de servicios. En operaciones directas de comercio exterior es algo nuevo, no tiene mucho tiempo en el mercado. El decreto 62/71 prohibía a las entidades cambiarias intervenir en este tipo de operaciones, y fue dejado sin efecto hace un año y medio atrás. Eso generó que las entidades cambiarias pudieran dedicarse a participar en operaciones de comercio exterior.
P: ¿Hay limitación de montos?
R: No hay limitaciones. Probablemente las empresas grandes por la vinculación con las entidades financieras las elijan, y las casas de cambio tomen operaciones de empresas con otras características. Normativamente no hay ninguna restricción para que una entidad cambiaria pueda intervenir en operaciones de comercio exterior de una empresa grande.
P: ¿Cuánto valdrá el dólar el semestre que viene?
R: Es difícil de pronosticar. Está claro que la inestabilidad política, y los cambios abruptos en materia macroeconómica, generan variaciones en el tipo de cambio. Cuando el horizonte queda más claro y de largo plazo, la situación cambia y se mantiene una meseta.


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