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Cuando el tratamiento del bullying se sale de su cauce

Es hora de que existan guías concretas de acción, para pensar posibles problemas antes de que se presenten.

Recientemente la justicia argentina dictó tres fallos sobre bullying. El primero en Paso de los Libres, donde se ordenó a tres adolescentes dejar de intimidar a un compañero de curso; el segundo en La Plata, donde se condenó a un colegio de Ensenada a pagar una suma de dinero a la víctima; el tercero en Mar del Plata, en el que se obligó a un colegio privado a indemnizar a una alumna que sufrió ataques de epilepsia.

Según la especialista Marina Zysman, en el caso marplatense habían mandado a la alumna acosada a terapia y en el de Ensenada a rezar…

Tal problemática consigna la mencionada Licenciada, ha llevado a que algunos colegios en Chile aumenten sus cuotas para incluir dentro de la misma al seguro de bullying.

La conclusión de tales precedentes, desnuda el fracaso de la prevención escolar, ámbito del cual nunca debiera salir la resolución de tales conflictos.

También evidencia la ausencia de acompañamiento de ciertos padres en la preservación de la autoridad de directivos y docentes y de la mano de ello, en la sinergia conjunta que debiera existir en la formación de sus hijos.

Recordemos que para que haya hostigamiento físico o psicológico, este tiene que ser sistemático y reiterado, entre pares que están obligados a convivir. Es intencional y busca intimidar y someter a quien es elegido como única víctima existiendo además, un acosador que no siempre es el ejecutor, seguidores y espectadores.

El Art. 1710 CCYC sostiene el deber de prevenir como modo de evitar la ocurrencia de un daño y el de impedir su agravamiento en caso que este haya sucedido. A su vez el Art. 1767 CCYC releva al titular del establecimiento educativo de toda responsabilidad si demuestra que el hecho fue imprevisible o que previsto no pudo ser evitado.

Hay ocasiones en que, por los cambios vertiginosos que ha sufrido la sociedad con la revolución tecnológica, nuevas configuraciones familiares, violencia, consumo de drogas y pobreza, resulta difícil detectar o entender lo que les pasa a los chicos. En muchos casos, incluso, se produce un desfasaje entre la realidad y la teoría en la que el docente ha sido formado.

Así y todo el bullying debería ser un problema pura y exclusivamente educativo y en ello debe existir el compromiso de los adultos que en lugar de pelearse en tribunales, debieran aunar esfuerzos para ver cómo ayudar a los menores.

Dentro de los protocolos de actuación escolares de nuestro país, la Ley nacional 26892 y la Guía de actuación ante violencia escolar aconseja intervenir antes, durante y después de acontecido un hecho de violencia. En esta última instancia involucrando al grupo y convocando a los padres de quienes hayan intervenido en el hecho.

Más recientemente, en distintas provincias se distribuyeron cuadernillos con pautas generales, tendientes a que cada institución hiciera su propio protocolo antibullyng.

Tales mecanismos parecen ser insuficientes y hoy se habla de adoptar otros métodos como el finlandés, denominado KiVa (contra el acoso) mediante el cual se intenta dejar solo al acosador, quitándole público.

Otra alternativa poco utilizada- aun cuando tiene un fuerte contenido educativo- es la de formar mediadores docentes y alumnos, para que en todas las instituciones exista un cuerpo estable formado en técnicas de resolución de conflictos, que intervenga cuando la situación así lo amerite.

Es hora de que existan guías concretas de acción, para pensar posibles problemas antes de que se presenten, siendo un expediente el peor fin de una historia que, con el acompañamiento de los adultos, bien se podría evitar.

* Abogado. Prof. Nac. de Educación Física. Docente Universitario. angrimanmarcelo@gmail.com


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