Manuel García-Mansilla deberá abstenerse de intervenir en causas jurisdiccionales: el juez Ramos Padilla resolvió la medida

El juez platense comunicó su fallo tras la votación del Senado.

En más de seis horas de debate, el Senado rechazó los pliegos de los candidatos propuestos por el gobierno nacional para completar las vacantes de la Corte Suprema de Justicia, Manuel García Mansilla y Ariel Lijo. Una votación clave que podría desatar un terremoto político y judicial. Qué dispuso como medida cautelar el juez federal Alejo Ramos Padilla y que no podrá hacer Manuel García Mansilla. Los detalles.

Con el rechazo de los pliegos de los miembros de la Corte Suprema de Justicia, se prevé que la decisión de la Cámara Alta pueda ocasionar un conflicto institucional que vulnere el Gobierno de Javier Milei. 

Tras la votación en el Senado, el juez federal de La Plata Ramos Padilla le ordenó a Manuel García-Mansilla que se abstenga de intervenir en causas judiciales, por el tiempo que continúe en su cargo como juez en comisión designado por el Poder Ejecutivo Nacional.

La medida que resolvió Ramos Padilla regirá durante tres meses, en los que García-Mansilla no podrá intervenir en toda causa judicial o actuación administrativa del máximo tribunal. El juez platense comunicó su fallo tras la votación del Senado.


Medida cautelar de tres meses: García-Mansilla deberá abstenerse de todas las causas jurisdiccionales


En su fallo, el juez federal decidió: “disponer como medida cautelar una orden jurisdiccional para que el Dr. Manuel José García-Mansilla se abstenga del conocimiento y decisión de todas aquellas causas jurisdiccionales y actuaciones administrativas en trámite por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mientras actúe como juez ‘en comisión’ de dicho tribunal, bajo apercibimiento de las sanciones penales y/o pecuniarias que pudieren corresponder a quienes no cumplieran con este mandato judicial; todo ello por el plazo de tres meses y previa caución juratoria”.

En la medida cautelar, Ramos Padilla determinó impedir que el juez federal Ariel Lijo asuma como integrante de la Corte Suprema de Justicia.


«Compromete gravemente el cumplimiento de los estándares imparcialidad judicial», apuntó Ramos Padilla


En su fallo, Ramos Padilla advirtió que la situación de García-Mansilla “compromete gravemente el cumplimiento de los estándares constitucionales e internacionales de independencia e imparcialidad judicial”.

En medio de los rechazos, denegó un planteo de García-Mansilla ante una supuesta falta de jurisdicción de su parte. “Aquí lo que se discute no es la remoción de un juez por otro juez, sino la legitimidad, constitucionalidad y alcances de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional”, fue el argumento que utilizó el magistrado.

“Sostener que no es posible revisar la validez constitucional de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional por el cual se ha designado a dos jueces ´en comisión´, implica privar de jurisdicción a los actores, privarlos del acceso a la justicia y dejar posiblemente indemne un acto estatal violatorio de derechos y garantías constitucionales”, aseveró el magistrado.


Afectación de la división de poderes, de la independencia e imparcialidad judicial


Por otra parte, el juez federal de La Plata Ramos Padilla exigió la nulidad de la designación de García-Mansilla por decreto. “La utilización del mecanismo de excepción para el nombramiento de jueces requiere de circunstancias de excepción, ausentes en este caso. Prueba de ello lo constituye el hecho de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se encontraba funcionando jurisdiccionalmente con tres miembros”, sostuvo.

“El ejercicio de una herramienta constitucional para fines que no fueron contemplados en la Constitución implica un abuso del derecho”, aseveró.

“Por tratarse de un mecanismo que busca evadir la falta de acuerdo del Senado y forzar con los hechos la designación de las personas propuestas, el decreto 137/2025 produjo una afectación de la división de poderes, de la independencia e imparcialidad judicial y, en síntesis, del debido proceso constitucional”, puntualizó Alejo Ramos Padilla.