¿Puede la Justicia autorizar que viaje una adolescente de 16 años?

Es a raíz del caso de una joven que solicitó autorización para ir a Chile, pues no contaba con el aval de su madre, y una jueza de Familia se lo negó.

Por Redacción

Una adolescente neuquina de 16 años solicitó autorización judicial para viajar a Chile, pues no contaba con el aval de su mamá. La jueza de Familia se lo negó porque dijo que sólo puede intervenir cuando haya desacuerdo entre los titulares de la responsabilidad parental (padres/madres) o si alguno de ellos no puede prestar su consentimiento. Cuando el caso llegó a la Cámara Civil el viaje se había frustrado, pero aún así los magistrados bajaron línea: consideraron que su colega hizo una interpretación “formalista” emparentada “con el niño como objeto de protección y no como sujeto de derechos.”

Según el fallo de la Cámara, la chica, con la asistencia de la defensoría de los Derechos del Niño, Niña y el Adolescente, requirió la autorización pues no mantenía una buena relación con su mamá, a la que incluso había denunciado por situaciones de violencia. Ella vive con la familia de su novio, la cual tenía planificado viajar desde el 9 de enero hasta el 15 de febrero pasado a Chile, con el fin de acompañar a la abuela materna del joven que estaba enferma. Brindó detalles del viaje y del domicilio donde se iba a alojar.

La jueza Marina Comas habilitó la feria judicial, pero le negó la posibilidad. Aseguró que en “el caso de progenitora única no hay posibilidad de intervención judicial ya que o se tiene el consentimiento y no hay conflicto, o la titular niega el permiso y el juez no puede suplirlo.” Respecto de las situaciones de violencia denunciadas indicó que no “se dispuso medida alguna que limite el ejercicio de la responsabilidad parental” de la madre “de modo que no pueden soslayarse los deberes, derechos y obligaciones que recaen sobre la misma.”

El camarista Federico Gigena Basombrío afirmó que “resulta prematura la decisión de la jueza pues la accionante es una adolescente de 16 años, quien denuncia una serie de situaciones de violencia y una concreta falta de vinculación con su madre”.

Sostuvo que “aún en caso de negativa de ambos progenitores, el juez pueda evaluar la conveniencia de una decisión distinta a la que éstos consideren”.

“Una negativa injustificada o irrazonable no puede tener preminencia frente a los derechos de una joven de 16 años a quien, en función del concepto de autonomía progresiva, debe garantizársele el ejercicio de sus derechos, lo cual no puede negarse a partir de recurrir a una interpretación formalista de las normas”, agregó en su voto Gigena al que adhirió su par, Patricia Clérici.

Concluyó: “He de proponer que en futuras ocasiones se recurra al uso de las facultades que expresamente otorga el nuevo Código Civil y Comercial para recabar toda la información necesaria y sólo luego de ponderar las concretas circunstancias del caso se concluya en una decisión, la que deberá tener en cuenta la obligación de garantizar el adecuado ejercicio de los derechos bajo la óptica de niños y adolescentes sujetos de derecho y no objeto de protección.”

“Una negativa injustificada no puede tener preminencia frente a los derechos de una joven de 16 años, en función
del concepto de autonomía
progresiva”.

Federico Gigena Basombrío, camarista.

“A mayor posibilidad de los niños y adolescentes de tomar decisiones, más chiquito es el rol de los padres”,

explicó la abogada Mariana Gonzaléz.

Datos

“Una negativa injustificada no puede tener preminencia frente a los derechos de una joven de 16 años, en función
del concepto de autonomía
progresiva”.
“A mayor posibilidad de los niños y adolescentes de tomar decisiones, más chiquito es el rol de los padres”,