Planean regulación local del camino de sirga

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El municipio podría saldar una de las polémicas generadas por el nuevo Código Civil y Comercial si restituye dentro del ejido la “restricción administrativa al dominio” sobre la franja de 35 metros que bordea todos los cursos de agua, lagos y lagunas, como lo propuso el Frente para la Victoria mediante un proyecto de ordenanza. El texto reformado del Código que entró en vigencia en todo el país desde el 1 de este mes achicó esa servidumbre a 15 metros y le quitó a el carácter de “calle pública”. Los concejales Ramón Chiocconi, Alejandro Ramos Mejía y Edith Garro presentaron ayer una iniciativa para establecer una regulación local en ejercicio de la “autonomía municipal”, a la que consideran garantizada por “la organización federal de nuestro país” y que además aparece “profundizada y explicitada” en el nuevo Código. Señalaron puntualmente que en el artículo 1970 el actual código “otorga a las jurisdicciones locales la potestad de definir limitaciones al dominio privado en función del interés público”. El proyecto no habla de asegurar un camino de sirga ni de facilitar la navegación. Según los autores, la limitación administrativa que impulsan “tiene como objetivo la protección de un bien colectivo de carácter superior: el derecho al ambiente y el acceso al mismo”. Agregaron que “el Estado, en este caso en su dimensión municipal, se constituye en garante de este derecho definiendo una restricción administrativa a fin de asegurar el pleno goce de un derecho de dimensión colectiva y raigambre constitucional, como lo es el derecho al ambiente”. El artículo 1 del texto propuesto establece que “el dueño de un inmueble colindante con orillas de cauces o riberas de lagos o lagunas debe dejar libre una franja de terreno de treinta y cinco metros de ancho para uso público en toda la extensión del curso, en la que no puede hacer ningún acto que menoscabe este uso”. Agrega expresamente a los alcances de la ordenanza las orillas del río Ñirihuau y los arroyos Ñireco, Casa de Piedra y Gutiérrez. Indica también que “todo perjudicado puede pedir que se remuevan los efectos de los actos violatorios”. Aún con el antiguo código y sus 35 metros, son cientos las propiedades costeras que han invadido esta línea con construcciones de todo tipo, pero el proyecto no define qué hacer en esos casos. Sólo deja a salvo lo instalado con anterioridad a la ordenanza sobre los arroyos Gutiérrez y Ñireco.


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