Rimaro ratifica que Patti falta a la verdad

El camarista insiste en que, por su voto a favor de que el gremio docente fuera querellante, el fiscal Rómulo Patti le transmitió la preocupación del vocal Eduardo Badano.

El juez de cámara Héctor Rimaro ratificó a este diario que, en un encuentro del 20 de noviembre último, el fiscal Rómulo Patti le trasmitió su preocupación y la del doctor Eduardo Badano, entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia, por su voto a favor de que el gremio docente fuera admitido como querellante en la causa Fuentealba II. Rimaro destacó que fue Patti quien le pidió que se reunieran, y que Badano le envió un mensaje de texto un día antes de la reunión pidiéndole que se comunicara con Patti.

Rimaro reiteró también que, después de haber redactado el voto en cuestión pero sin haberlo firmado todavía, Badano le otorgó una licencia por razones de salud que no había solicitado y que se extendía desde el 21 de noviembre hasta el 20 de diciembre del 2007.

La causa Fuentealba II, de una alta significación política porque se abrió para investigar la responsabilidad penal de niveles superiores de la policía y el Poder Ejecutivo en el crimen del maestro, fue elevada a la cámara del fuero después de que, en agosto de 2007, el juez de instrucción rechazó la petición de ATEN de ser tenida como parte querellante. El primer voto fue de Daniel Varessio y no sorprendió. El camarista se pronunció por el rechazo del recurso de apelación presentado por ATEN, remitiéndose al artículo 70 del código procesal, que define al querellante como «toda persona con capacidad civil particularmente ofendida por un delito de acción pública».

En esa norma se encuentra «el núcleo del planteo» para Varessio, quien señala párrafos después que el particularmente ofendido en el caso «no es otra persona que la víctima».

Rimaro, en cambio, sostuvo que, sin querellante, «la posibilidad de impulsar el proceso, de proporcionar elementos de convicción, de argumentar sobre ellos y de recurrir, quedaría sólo en manos de un órgano del Estado en una causa de innegable gravedad que tiene por objeto la investigación de conductas imputadas a personas encargadas de exteriorizar en sus actos la voluntad del Estado mismo».

En definitiva, el recurso de ATEN no prosperó porque el tercer voto, de la doctora Lelia Martínez de Corvalán, coincidió con el de Varessio.


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