Fracasó juicio abreviado para conductor imputado de causar tres muertes en un choque en la Ruta 40

La fiscalía y la defensa habían acordado resolver el conflicto con una condena de 4 años de prisión, pero el acusado dio una versión diferente sobre el siniestro vial y el tribunal no convalidó el acuerdo. La tragedia ocurrió el 17 de marzo del 2022, a unos 75 kilómetros al sur de Bariloche.

La fiscalía y la defensa del camionero Víctor Altamirano habían llegado a la audiencia de este jueves con un preacuerdo para cerrar en juicio abreviado la investigación por el siniestro vial que causó la muerte de tres personas el año pasado en El Foyel, pero el tribunal no lo convalidó debido a los relatos contradictorios sobre cómo ocurrio el hecho.

El fiscal Marcos Sosa Lukman expuso que en la tarde del 17 de marzo de 2022 Altamirano conducía su camión Ford modelo 1956, cargado de leña, en dirección norte/sur por la Ruta Nacional 40, cuando en la bajada hacia el puente del río Foyel embistió a un Chevrolet Spin que viajaba en dirección contraria, ocupado por seis miembros de una familia de turistas santafesinos, tres de los cuales murieron al instante por las heridas recibidas.

Según el fiscal -quien citó testimonios y pericias accidentológicas- Altamirano conducía “en forma imprudente y antirreglamentaria”, a una velocidad calculada en 94 kilómetros por hora, cuando se cruzó de carril y provocó una colisión “frontal excéntrica” entre el camión y el vehículo que circulaba por su mano, en dirección a Bariloche.

En principio las partes habían acordado cerrar el caso con una condena de 4 años de prisión efectiva para el conductor del camión y ocho años de inhabilitación para manejar, como responsable del triple homicidio culposo de Sergio Monzón, quien iba al volante del Chevrolet, su hermana Graciela y su hija Luisina. Además la pena también contemplaba las lesiones graves de Mariela y Juan Segundo y las lesiones leves sufridas por Camila, todos primos y sobrinos entre sí.

El fiscal subrayó que el camión Ford estaba en mal estado de conservación y el testimonio de quien iba como acompañante del conductor dio cuenta de que “se quedó sin embrague”, fallaron los frenos, y el motor se apagó cuando sortearon un escalón de la ruta en bajada y alta velocidad. Según Sosa Lukman, la pericia determinó que el desencadenante del siniestro fue una confluencia entre “factor humano y factor mecánico”.

Pero al ser consultado por el tribunal del juicio Altamirano brindó una versión distinta de lo sucedido. Ante la pregunta puntual de si aceptaba la responsabilidad en el choque y en las muertes ocasionadas dijo que sí, pero aseguró que disentía con lo escuchado del fiscal, que él había perdido el control de camión, que se cruzó sobre el pavimento y “fue la caja volcadora” la que golpeó al otro auto y no la cabina del camión.

El tribunal integrado por los jueces Bernardo Campana (a la izquierda), Romina Martini y Marcos Burgos le dio 5 días a la fiscalía y la defensa para que resuelvan las diferencias. (foto Marcelo Martínez)

El tribunal no convalidó el acuerdo


Ante esa contradicción y después de una breve deliberación los jueces Romina Martini, Bernardo Campana y Marcos Burgos decidieron no convalidar el acuerdo en juicio abreviado que fiscalía y defensa habían llevado a la audiencia y concedieron un plazo de cinco días más para que resuelvan la diferencia.

La defensora Natalia Araya le explicó a su defendido que si no acepta la descripción del hecho tal como surge de las pericias deberá afrontar un juicio oral, en el que podría recibir una pena de hasta seis años de prisión.

Altamirano se presentó al juicio con visibles problemas de movilidad y ayudado por dos bastones. Su defensora había pedido que los cuatro años de prisión, si el Tribunal aceptaba asignarle esa pena, se cumplan de manera “domiciliaria”, ya que el acusado tiene certificado de discapacidad, como producto del choque sufrió fractura traumática de columna dorsal, está a la espera de una cirugía programada y además sufre “hipoacusia agravada post accidente”, según certificó en marzo pasado el médico forense.

El tribunal no convalidó el acuerdo, pero igual aclaró que si el acusado no puede ser alojado en una cárcel y se lo autoriza a cumplir la pena en su domicilio no les corresponderá decidirlo a ellos sino a la jueza de ejecución.


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