Telegramas laborales ¿una chance de ser más eficientes?

La AFIP acaba de presentar una nueva herramienta online que puede generar mejoras notables en la comunicación. Servirá para denunciar ante el organismo el trabajo no registrado, facilitando el proceso probatorio que exige la ley.

Por Cr. Gonzalo Gutierrez (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Informalidad. La ley prevé severas sanciones en el caso del trabajo no registrado.

En materia laboral, la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013, tiene en uno de sus ejes principales la búsqueda de la regularización del empleo no registrado o “empleo en negro”.
Esta ley define al empleo registrado o “en blanco” cuando se verifica el alta temprana de AFIP y además cuando la relación está asentada en el libro sueldos. Por lo tanto, los empleadores que no cumplan esas dos condiciones estarían infringiendo la Ley, y por consiguiente podrían imponérseles indemnizaciones muy severas.
No obstante, esa definición no es automática, sino que es el propio empleado quien debe denunciar la situación, o bien sino puede ser a través de otras vías mediante las fiscalizaciones de los organismos de contralor laboral (MTEySS, AFIP, Sindicatos).
En tal sentido, el artículo 11 de la Ley mencionada indica que las indemnizaciones procederán cuando el trabajador o la asociación sindical que lo represente cumplimente en forma fehaciente la intimación al empleador, y proceda de inmediato y, en todo caso, no después de las 24 horas hábiles siguientes, a remitir a la AFIP copia de la carta documento respectiva.
Cabe recordar que en nuestro país el índice de ocupación informal según el Boletín de Estadísticas Laborales es cercano al 35%.
En ese contexto, el 30 de junio pasado se publicó la Resolución General 4747, mediante la cual la AFIP crea un nuevo servicio web denominado “Telegramas laborales”, que en principio servirá de base únicamente para los trabajadores.
De esta manera, quienes denuncien empleo no registrado y envíen una comunicación laboral al empleador podrán utilizar el servicio web a efectos de enviar a la AFIP copia de esta.
Es decir que esta nueva herramienta lo que busca es simplificar un paso en un proceso tan específico y único como lo es la denuncia ante la AFIP.
La carga de la comunicación laboral se efectuará mediante la toma de una fotografía o la creación de un documento escaneado del telegrama o carta documento enviada al empleador –con el respaldo del envío del servicio postal-, que deberá adjuntarse en formato de archivo digital “.png”, “.jpg” o “.jpeg”.

La nueva herramienta online, busca simplificar un paso indispensable en un proceso tan específico y único como la denuncia ante la AFIP del trabajo informal.


El sistema otorgará una constancia de la carga realizada que contendrá los datos ingresados en la comunicación, así como la fecha y hora de carga, la cual quedará disponible en el servicio para futuras reimpresiones.
Asimismo, es importante aclarar que no es obligatorio el uso del canal de AFIP, pero la constancia de presentación servirá para demostrar que se cursó la notificación prevista en la ley y a su vez se pueda activar -de corresponder- el derecho a las indemnizaciones agravadas.
Desde el punto de vista laboral, podemos mencionar el avance tecnológico que permitiría entender la complejidad, y consecuente carga administrativa que hoy rodea a un trabajador “blanqueado”, pero proyectar la potencialidad de esta herramienta podría ser muy útil e incluso disminuir costos del sistema comunicacional actual.
El avance hacia la digitalización no es vano, pues justamente si algo dejó al descubierto esta pandemia es la cantidad de personas que estaban “escondidas” de la AFIP, de la ANSES o del sistema bancario, punto verificable al menos viendo la cantidad de personas exponiéndose en la cola de los bancos.
De hecho, en la actualidad la comunicación formal entre empleador-empleado muchas veces queda sujeta a contratiempos, falencias o engaños relacionados principalmente con el tema del domicilio y el concepto laboral conocido como “notificación fehaciente”.
Entendemos que se trata de un paso hacia adelante, no tanto por la eliminación del papel que contribuye al medioambiente, sino porque de extender los alcances de la herramienta puede abrir un posible camino de ida en cuanto a la efectiva comunicación entre empleador-empleado, que tanto revuelo genera hoy en las empresas.

En números

4747
La resolución de AFIP publicada a fines de junio, en la que se crea el nuevo servicio de “telegramas laborales”.
24 Hs
Las que tiene el denunciante para remitir a la AFIP, la copia de la carta documento.

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