Un alumno de Bariloche que sufrió la amputación de un dedo será indemnizado

Un juez civil de Bariloche consideró que si bien fue un accidente, el joven estaba bajo el control de la autoridad educativa. Por eso, será indemnizado.

Un alumno de nivel medio que sufrió la amputación de parte de un dedo por el mal estado de un pupitre será indemnizado.

El accidente ocurrió cuando una profesora le pidió al joven que tocara la guitarra. Uno de los dedos quedó atrapado en unas de las tablas del asiento y al retirar la mano izquierda, notó que brotaba sangre. Según consta en el expediente, “sus compañeros de curso advirtieron que, en el pupitre, había quedado un fragmento de su dedo”. Más tarde, se comprobó que había sufrido la amputación traumática de «un tercio distal de uno de los dedos».

Dada la gravedad de la lesión, el alumno debió ser intervenido quirúrgicamente, mediante la técnica de Kuttler. La porción del dedo le fue injertada con éxito.

El damnificado inició una demanda judicial, argumentando que el pupitre se encontraba en mal estado, razón por la cual se produjo el accidente.

Desde el gobierno provincial, indicaron que «el dedo le fue reconstruido de manera favorable». “No hay ninguna incapacidad permanente que obstruya sus labores habituales e impida el desarrollo de la profesión elegida por el actor y que tampoco existe un impedimento para llevar a cabo los estudios universitarios ni otras tareas de la vida cotidiana”, expresaron.

El juez civil de Bariloche, Cristian Tau Anzoátegui, tomó en cuenta una pericia que determinó una incapacidad del 5,5%. “La perita puso énfasis en no menospreciar la evaluación de la lesión de la mano dada la importancia que tiene para realizar las distintas actividades diarias, como ocurrió en este caso en que el actor la usaba de manera especial para tocar la guitarra”, señaló.

Agregó que «el hecho denunciado ocurrió dentro del establecimiento educativo. No cabe más que concluir que la Provincia es responsable civilmente de los daños, puesto que omitió ejercer el debido control de los elementos existentes en el aula para evitar lo acontecido”.

El fallo especificó que “la responsabilidad del establecimiento nace como consecuencia del daño sufrido por un alumno cuando se hallaba bajo el control de la autoridad educativa, aún cuando el hecho pueda calificarse como accidental».

En este sentido, el magistrado consideró que “Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales debe responder en forma concurrente como aseguradora de responsabilidad civil”. Dispuso indemnizaciones por lucro cesante, gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, daño físico, daño psicológico y moral.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios