Una ley contra las empresas fantasmas

BUENOS AIRES (Télam).- Las empresas 'off-shore' ya no podrán inscribirse para desarrollar su actividad en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y las que se encuentran funcionando deberán regularizar su situación en un plazo de 90 días corridos o su inscripción será cancelada judicialmente.

Así lo estableció la resolución 02/2005 de la Inspección General de Justicia, que ayer fue publicada en el Boletín Oficial, con el objetivo de combatir los denominados «edificios Cromañón», en referencia al boliche en el que a fines de diciembre pasado se registró una de las mayores tragedias de la Argentina, con la muerte de 192 personas.

«La tragedia ocurrida en República Cromañón y el entramado societario que se encuentra detrás de su organización empresaria, ha puesto en evidencia la necesidad imperiosa de dictar nuevas regulaciones de un mayor rigor respecto de los parámetros que deben ser utilizados en el control de legalidad y las funciones de fiscalización a cargo de esta IGJ», indicó la resolución.

En general, las denominadas empresas 'off shore' están constituIdas bajo la jurisdicción de un tercer país, habitualmente un paraíso fiscal, y no pueden ser alcanzadas por la justicia de ningún fuero porque son verdaderas 'firmas fantasmas'.

Esa característica no es atribuible sólo a la empresa propietaria de República Cromañón, con domicilio en Uruguay, sino también de las firmas vinculadas al contrabando de armas a Ecuador y Croacia, durante la administración de Carlos Menem.

«Según ha quedado demostrado conforme a los antecedentes administrativos obrantes en esta IGJ y lo ocurrido en casos recientes, las estructuras societarias 'off shore' constituyen generalmente instrumentos destinados a violar la ley, el orden público, la buena fe o los derechos de terceros», argumentó la resolución.


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