Villa Mascardi: confirman el pase a la justicia provincial de otra causa por usurpación

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazó las impugnaciones y ratificó la decisión del juez federal subrogante de Bariloche. Se trata del predio "La Escondida" que está ocupado desde enero de 2018 por la comunidad mapuche.

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazó los recursos de apelación que habían presentado la fiscalía federal de Bariloche y la querellante, María Magdalena Giménez Tournier, para revocar un fallo del juez federal subrogante de esta ciudad Gustavo Zapata.

En consecuencia, el tribunal de Roca confirmó la resolución de Zapata que había ordenado enviar el expediente, con la denuncia por usurpación de un lote privado en Villa Mascardi (atribuida a la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu), a la fiscalía local del Poder Judicial de Río Negro.

No todo lo que ocurre en la localidad de Villa Mascardi es competencia de este fuero (federal) por la supuesta vinculación que una y otra vez alegan los litigantes”, había advertido Zapata en la resolución impugnada, que la Cámara Federal de Apelaciones de Roca confirmo. Es más, el tribunal de Roca coincidió con ese criterio.

La Cámara de Apelaciones de Roca dictó el 4 de febrero pasado el fallo. Recordó que la fiscal federal subrogante Sylvia Little y la querellante habían apelado la decisión de Zapata, que no hizo lugar a las diligencias probatorias pedidas por Giménez Tournier.

Adempas, Zapata dispuso el desglose de la denuncia de Giménez Tournier, que formaba parte del expediente principal en trámite en el que están procesados 8 integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu por el delito de usurpación de dos predios de Parques Nacionales, en Villa Mascardi, distante a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche.

El juez subrogante ordenó enviar la denuncia por la usurpación del predio particular, situado en Villa Mascardi, a la fiscalía de Bariloche del Poder Judicial provincial.

Los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones recordaron que en el expediente principal están imputados -y procesados- María Isabel Nahuel, Martha Luciana Jaramillo, Yéssica Fernanda Bonnefoi, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia, Betiana Ayelén Colhuan, Cristian Germán Colhuan y Juan Pablo Colhuan por haber usurpado el 10 de noviembre de 2017 dos lotes de Parques Nacionales en Villa Mascardi. Alegaron que se trataba de un acto de recuperación de lo que consideran es parte del territorio mapuche.

Fergus Grehan denunció el 29 de enero de 2018 en la Fiscalía Federal de Bariloche la usurpación de un predio identificado como “La Escondida”, ubicado sobre la ruta nacional 40, a la altura de Villa Mascardi. El predio es contiguo a los dos lotes usurpados a Parques Nacionales.

El juez federal Gustavo Villanueva, que subrogaba entonces el juzgado federal de Bariloche, resolvió el 23 de junio de 2018, a instancias de la fiscalía, acumular la denuncia a la causa principal.

Argumentó en ese momento que ese nuevo despojo denunciado era fruto de la extensión del territorio ocupado por los integrantes de la Lof Lafken Winkul Mapu, usurpadores originales del predio estatal. Por eso, Giménez Tournier, titular dominial de “La Escondida”, se constituyó en querellante.

Pero a principios de octubre, Zapata resolvió rechazar las medidas que había pedido la querellante. Señaló que la investigación sobre la presunta usurpación de un predio propiedad de particulares, en la que no existen intereses federales comprometidos, corresponde a la justicia criminal ordinaria.

Zapata sostuvo que ordenar medidas de prueba, como las que había pedido la querella, implicaba el reinicio de la instrucción en un legajo principal que se encuentra en un estado avanzado, poniendo de ese modo en riesgo el derecho de los imputados a obtener un pronunciamiento en un plazo razonable, e incluso llevar al sumario a los límites de la prescripción.

La fiscalía cuestionó esos fundamentos de Zapata. Sostuvo que el magistrado había “arribado, unilateral y oficiosamente a una decisión para la cual debió correr vista previa al Ministerio Público Fiscal”. Y objetó que Zapata declinara la competencia.

Recordó que poco tiempo antes Zapata había rechazado la postulación de la competencia de la justicia provincial, que había planteado una de las defensoras particulares de los mapuches imputados.

La querellante expresó en la apelación que el único fundamento esgrimido por Zapata “para la declaración de incompetencia se fundaba en su negativa a asumir el compromiso jurisdiccional que implicaba proveer las medidas de prueba requeridas”.

Advirtió que el magistrado se había inclinado por esa postura por las consecuencias o efectos “que percibía que podían originarse ante el grave conflicto social, político y de seguridad, de público conocimiento, que existe en la zona de Villa Mascardi y por la reacción violenta de los ocupantes ya demostrada ante cualquier intervención judicial”.

La querellante afirmó que no podía entenderse porqué se había sostenido la competencia federal por más de tres años de la denuncia hecha por Grehan “y ahora, ante el pedido de realizar diligencias probatorias casi mágicamente resulta que la competencia ya no es federal y corresponde a la justicia ordinaria provincial”.

La decisión

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca sostuvo que la decisión de Zapata era correcta y coincidente con el criterio adoptado por el tribunal superior. “Es que no puedo dejar de concordar en que si el predio supuestamente usurpado no pertenece al Estado Nacional ni está afectado al cumplimiento de sus funciones, los intereses federales no están comprometidos”, aseguró el tribunal de Roca.

“Lo segundo a tener en cuenta es que está absolutamente fuera de toda discusión que el predio conocido como “La Escondida” no pertenece al dominio estatal ni está afectado al cumplimiento de cometidos federales, de manera que se está en todo caso ante un hecho criminal (la supuesta usurpación de ese inmueble, propiedad de un particular) cuya investigación por regla de principio corresponde al fuero ordinario”, concluyó la Camara de Apelaciones.

Y citó el fallo de la Corte Suprema en la causa por la denuncia de usurpación contra miembros de la comunidad mapuche Buenuleo de un lote en el cerro Ventana, que está en la justicia rionegrina.

Aunque en esa causa la fiscalía de Bariloche declinó seguir adelante con la acusación tras la intervención de la presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Magdalena Odarda, que le reconoció la posesión de las tierras en disputa a la comunidad Buenuleo.

Hay otra causa en la justicia rionegrina por la usurpación del lote del Obispado de San Isidro, en Villa Mascardi.

El juez de garantías Juan Martín Arroyo admitió en octubre pasado los cargos que la fiscal Betiana Cendón formuló a finales del año pasado contra miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu por el delito de usurpación. Y resolvió el desalojo de los ocupantes para restituir el predio al Obispado, que aún la Policía provincia, que responde al Gobierno de Río Negro, no ejecutó. Esa orden sigue en pie.


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