Giro del Gobierno: no apelará la continuidad de Highton en la Corte

El juez escuchó los argumentos de Highton y consideró luego que goza de estabilidad vitalicia, consagrada en un artículo 110 de la Constitución.

La jueza Elena Highton de Nolasco ganó una pulseada de poder contra el gobierno nacional que quería verla afuera de la Corte Suprema de Justicia una vez que cumpliera los 75 años, como marca la ley.

Desde Casa Rosada, según confirmaron fuentes del ministerio de Justicia, decidieron dejar vencer el plazo -cae mañana- para apelar el fallo de primera instancia del juez Enrique Lavié Pico que le dio la razón a un amparo presentado por Highton para evitar la restricción constitucional.

Se especula con que el gobierno busca eludir un nuevo conflicto con el poder judicial y enfocará sus esfuerzos en lograr la destitución de los jueces cuestionados, a través del Consejo de la Magistratura.

Días atrás, el Ministerio de Justicia pidió que sea rechazada la acción de amparo presentada por la jueza para su continuidad en el alto tribunal más allá de los 75 años.

Sin embargo, en un guiño político con la medida firmada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, Highton de Nolasco dio por terminada la polémica sobre si un miembro del cuerpo debería abandonar su cargo a determinada edad luego de que el Gobierno pida a la Justicia que rechace la solicitud.

Lavié Pico, hizo lugar al pedido de Higthon en base a la jurisprudencia del caso de Carlos Fayt -de 1999- y consideró “irrelevante la fecha en que la actora asumió su cargo”, después de la reforma constitucional que fijó en 75 años el límite de edad para permanecer en la Corte. (Ver recuadro)

Tal como se había entendido en el caso Fayt y luego firmó Lavié Pico, la ley que habilitó la reforma de la Constitución Nacional no había autorizado a los constituyentes a poner un límite a la edad de los magistrados, e interpretó que esa cláusula “afecta la prerrogativa de la inamovilidad de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia”.

Es dable suponer entonces que muchos magistrados que se encuentran en circunstancias similares al caso Highton usaran este fallo para mantenerse en sus puestos.

Antes de fallar, Lavié Pico pidió al Ejecutivo que responda al amparo pedido por Highton y el Ministerio de Justicia envió un escrito de 11 páginas en el que solicitó que se rechace la petición de la jueza. La cartera conducida por Germán Garavano había argumentado que la magistrada no hizo las observaciones que plantea ahora al momento de jurar el cargo, en 2004, y que tampoco inició los trámites para pedir la ratificación del Senado para poder seguir en la Corte, como prevé la ley vigente.

Ahora el Gobierno dio marcha atrás y no presentará la apelación.

“No existe autorización alguna para modificar el régimen de estabilidad vitalicia de los jueces, ni fijar un límite de 75 años”

El argumento que brindó Elena Highton de Nolasco para sostenerse en el cargo.

Los argumentos y

la Constitución

El Gobierno de Macri pidió en primera instancia que fuera rechazado el amparo, pero aceptó que la ministra fuera sometida al proceso de revisión de sus aptitudes contemplado en la reforma constitucional de 1994.

Pero el juez escuchó los argumentos de Highton y sostuvo que la jueza goza de la estabilidad vitalicia consagrada por el artículo 110 de la Constitución Nacional, a pesar de que la Convención Constituyente de 1994 incorporó un artículo que marca el límite de 75 años para la permanencia en el cargo.

Datos

“No existe autorización alguna para modificar el régimen de estabilidad vitalicia de los jueces, ni fijar un límite de 75 años”

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