Cámara de Apelaciones modifica subasta de valioso terreno en Roca: precio base y reglas actualizadas
El lote tiene seis hectáreas y se iba a intentar subasta por segunda vez con ofertas en sobre cerrado. La Cámara de Apelaciones definió que se cambie la metodología. Cuál es el monto base.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Roca ordenó cambiar la forma y los montos base de la subasta de un valioso y estratégico terreno en la calle San Juan que había dispuesto la jueza de primera instancia, y que tiene una larga puja judicial detrás.
El terreno en cuestión tiene seis hectáreas y está ubicado en uno de los ingresos comerciales más importantes de la ciudad.
La jueza de primera instancia, Andrea de la Iglesia, ante el fracaso de la subasta anterior por falta de postores, determinó que la próxima subasta debía realizarse bajo la modalidad de presentar las propuestas en sobres cerrados.
La Fiscalía de Estado de la Provincia, mediante un recurso de apelación, cuestionó la resolución de la jueza, entendiendo que no es conveniente esa modalidad para lograr mejores valores por el terreno, ya que imposibilita que se dé la puja propia de la subasta pública, donde los virtuales interesados tienen la posibilidad de incrementar sus ofertas.
La Fiscalía de Estado también argumentó que la subasta mediante posturas bajo sobre cerrado tiene por finalidad evitar el accionar de organizaciones delictivas que procuran hacerse de los bienes a valores exiguos, impidiendo el acceso de postores a la subasta. Eso no ocurrió en la subasta sin oferentes del 5 de diciembre pasado, ya que aunque hubo presencia policial, no se presentaron dificultades de acceso, ni es presumible que las haya a futuro.
Los abogados ejecutantes compartieron la postura argumental de la Fiscalía de Estado, coincidiendo en que la metodología de subasta a través de sobres cerrados no es la más conveniente ni adecuada.
La Cámara de Apelaciones de la ciudad de General Roca, con el voto de Víctor Darío Soto al que adhirió la jueza Verónica Hernández, resolvió hacer lugar al recurso de apelación de la Fiscalía de Estado, señalando que «no se aprecian razones para negar lo que las partes solicitan de manera uniforme, que es la fijación de una subasta pública, dejando sin efecto la fijada en los términos del actual art. 518 del CPCC, y dando prevalencia al principio dispositivo en este punto».

Por otra parte, en lo que respecta al monto base de la subasta ($1.055.775.102, 35% del monto base de $3.016.500.292 original), también fue cuestionado por la Fiscalía de la Provincia, el Tribunal de Apelación resolvió hacer lugar a su recurso y definió que la base de la futura subasta conforme las normas del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, debía establecerse en la suma de $1.508.250.146, determinando además y para en que no se presentaran ofertas pasada la media hora, se debiera reducir la base al 75% ($1.131.187.609,50). Si pasada otra media hora tampoco se presentaran ofertas, se debiera reducir a la mitad ($754.125.073).
Cabe recordar que en la primera subasta los montos fueron de $3.016.500.292, $2.262.375.219 y $1.508.250.146, respectivamente.
Para la compulsa por sobre cerrado la juez De la Iglesia había fijado como monto base $1.055.775.102.
La disputa que dejó sin herencia a una mujer de Roca
El terreno que se intentó subastar en Roca a principio de diciembre del año pasado forma parte del reclamo de Alejandra Bichara, una mujer que libró desde 2015 una extensa batalla legal contra el Estado rionegrino por la sucesión de los bienes de su fallecido tío, Víctor Bichara -quien no poseía herederos-.
Alejandra es hija adoptiva de Mafalda, la única hermana de Víctor que tenía hijos. Por lo tanto era lógico que la mujer pudiera acceder a la titularidad del terreno, en vista de que no existían otros posibles sucesores legales.
Sin embargo, el problema surgió cuando un abogado particular y representantes de la Fiscalía de Estado de la Provincia iniciaron procesos para que se declare la herencia vacante. Para fortalecer esta postura, se buscó certificar que Alejandra había sido unida a la familia por adopción simple y no plena.
“Es evidente. Buscan algo más. De otra manera no se explica que no hayan respetado ni siquiera el luto después de la muerte de mi tío. En menos de una semana la Fiscalía de Estado ya había iniciado acciones para que se declare la herencia vacante”, expresó años atrás Alejandra a Diario RÍO NEGRO.
El caso escaló hasta el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) que, en 2019, determinó que la mujer no podía acceder a derechos hereditarios, por considerar que se estaba ante una «institución o persona totalmente ajenos a dicha familia». Por lo tanto, el fallo estableció que el bien pasaba a ser patrimonio del Estado provincial.
Los procesos posteriores continuaron a fin de determinar el agravio o perjuicio que le causó a la Provincia el hecho que se acumulen los procesos sucesorios. La continuidad de la venta por subasta fue finalmente fijada para afrontar mayoritariamente los costos honorarios derivados del proceso.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Roca ordenó cambiar la forma y los montos base de la subasta de un valioso y estratégico terreno en la calle San Juan que había dispuesto la jueza de primera instancia, y que tiene una larga puja judicial detrás.
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