Roles confundidos

OPINIÓN

HUGO ALONSO halonso@rionegro.com.ar

Nada bueno surge para la vida institucional cuando los funcionarios utilizan instrumentos del Estado para solucionar conflictos personales. El Superior Tribunal de Justicia acaba de asestar un duro golpe a la salud financiera del municipio de Roca, a partir de un fallo que convalidó ascensos automáticos del personal con más de 20 años de antigüedad. El argumento central de la sentencia radica en la validez y vigencia de una ordenanza de 1991, que el municipio considera derogada desde el 2000, cuando se sancionó el nuevo Estatuto de los Empleados Municipales. El fallo del STJ afirma que ninguna norma posterior dejó sin efecto a la aprobada hace 19 años y por lo tanto, en el municipio coexisten dos procedimientos para decidir sobre la carrera de los agentes: la promoción automática –un mecanismo que va en contra de cualquier objetivo de eficiencia administrativa- y los concursos de oposición y antecedentes. Un debate aparte sería determinar si el STJ no invadió la autonomía del municipio al considerar válida una ordenanza que hasta la Cámara Laboral dio por derogada, pero aun reconociendo legitimidad a la interpretación y al efecto que provocará el fallo, es válido pensar que esta vez los jueces del máximo tribunal resolvieron algo más que el reclamo de un simple trabajador municipal. Si el fallo no contiene una cuota de revancha ante las reiteradas descalificaciones del intendente Carlos Soria a la conducción del Poder Judicial, los magistrados deberían explicar por qué irrumpen ahora con esta condena cuando mantuvieron “dormida” más de dos años y medio la causa (el fallo inicial de la Cámara Laboral es de 2007 y en mayo de 2008 se admitieron los recursos de queja). También deberían argumentar por qué ahora no actuaron de la misma forma que en la causa iniciada tras la querella del ex ministro José Luis Rodríguez contra Soria. En esa oportunidad Luis Lutz y Víctor Sodero Nievas se inhibieron de intervenir “por la situación que protagonizó por consideraciones del querellado” y Alberto Balladini hizo lo propio, pero “por la relación con el querellado y su estado de ánimo”. En esa sentencia, del 3 de noviembre de 2009, dejaron sentado que si intervenían comprometerían “seriamente las garantías de independencia e imparcialidad”. ¿Qué cambió desde entonces, si el presidente del Partido Justicialista no hace más que cuestionarlos? Es probable que el STJ habilite ahora el camino de la apelación ante la Corte Suprema, como lo hizo en el otro caso que amenaza al municipio, originado en un reconocimiento de sumas por antigüedad no pagadas desde la administración Sarandría. En el ámbito judicial ya se anticipa que el alto tribunal devolverá los expedientes, porque tiene por norma no inmiscuirse en cuestiones de esta índole. En consecuencia, el municipio sólo ganará tiempo, pero deberá desembolsar varios miles de pesos por ambos casos. Y la imagen del STJ quedará ligada al dicho popular: “aprieta pero no ahorca”. Lo que también aparece como un exceso es la reacción del intendente Soria y sus funcionarios. No porque alguna razón pueda privarlos de pensar y expresar que Sodero Nievas, Lutz y Balladini son personas no gratas, sino por los alcances de una medida como la que impulsaron en el proyecto enviado al Concejo. Que hagan una declaración de repudio no debería incomodar a nadie, pero que pidan la difusión masiva de la declaración con las fotos de los jueces aparece como una provocación. Los dos sectores tienen en sus manos la responsabilidad de que la política y las instituciones del Estado no confundan sus caminos. Hasta acá no han demostrado demasiado interés en lograrlo.


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