Rechazan otro amparo
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico rechazó un pedido de “medida cautelar” de abogados patagónicos para que se suspenda la aplicación de la ley que reformó justamente el régimen de cautelares en los procesos judiciales favoreciendo al Estado, se informó hoy.
El juez Lavié Pico desestimó la solicitud de medida precautoria efectuada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia (Aaaap), que postulaba “la nulidad e inconstitucionalidad de la ley 26.584 mediante la cual se limita el dictado de las medidas cautelares, cercenando el derecho de todos los ciudadanos, imposibilitando la defensa judicial contra el Estado nacional e inhibiendo la actuación de las asociaciones como la que representa”.
El escrito incluía un pedido de “medida cautelar preventiva” que suspendiera la ley hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo, esto es la validez o no de la nueva norma.
“La medida cautelar solicitada implica examinar aspectos que constituyen el objeto del litigio, circunstancia que se encuentra, en principio, vedada en este tipo de medidas”, replicó el juez.
De esa manera, explicó que conceder una medida cautelar equivaldría a resolver también el fondo de la cuestión en debate.
En el caso de los abogados patagónicos, “la manera en que se encuentra planteada la pretensión cautelar, resulta, al menos, confusa”, sostiene el fallo, al tiempo que subraya que la entidad que planteó el tema “debió haber precisado con mayor exactitud cuál de las dos proposiciones expuestas en el escrito de inicio resultaban objeto de la pretensión precautoria”. (DyN)
Fue presentado por abogados patagónicos
Juez Enrique Lavié Pico
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico rechazó un pedido de “medida cautelar” de abogados patagónicos para que se suspenda la aplicación de la ley que reformó justamente el régimen de cautelares en los procesos judiciales favoreciendo al Estado, se informó hoy.
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