Absuelto por el beneficio de la duda

Lo acusaban de violar a una menor embarazada, en Roca

ROCA (AR).- El hombre que había sido acusado de violar a una chica embarazada y que fue juzgado en diciembre por la Cámara Criminal Tercera de Roca resultó absuelto por el beneficio de la duda. Los jueces Aldo Rolando, Fernando Sánchez Freytes y Carlos Vila absolvieron a José Gabriel Coliyán (54) de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con coacción” por los que el fiscal de Cámara Eduardo Scilipoti había pedido la pena de 6 años de prisión. Según la denuncia radicada por el padre, en la noche del 7 de diciembre de 2008 la chica había sido violada por el imputado en su casa de la zona norte de Roca, adonde la jovencita –en su último mes de embarazo– supuestamente había ido porque el hombre le había prometido ropa para el bebé. El segundo hecho denunciado indicaba que tras la violación el imputado la había trasladado en su camioneta hasta la plaza del barrio Alfonsina Storni y que allí, al hacerla descender, le había dicho que “no diga nada porque él sabe que se queda sola y que en algún momento la iba a agarrar de nuevo”. El defensor de Coliyán, Enrique Llanos, había pedido la absolución por considerar que “el hecho no existió”, basándose en numerosas contradicciones entre los testigos y en la versión de su cliente. “Ella les mentía a sus padres para encontrarse con novios en horario escolar, para salir, o respecto de la propia paternidad de su hijo (…) Por lo que surge de la causa la relación fue claramente consentida por la menor”, alegó el defensor. Según el testimonio de familiares de la adolescente, ella regresó a su casa a pie, llorando y desaliñada, afirmando que había sido violada. Como el creyeron, la llevaron la hospital. Pero en declaraciones posteriores los familiares más directos afirmaron que la chica “era de mentir”. Los vecinos de Coliyán nada raro escucharon el día del hecho; los médicos no detectaron lesiones en el imputado ni en la víctima y el playero de una estación de servicios la vio esa noche en la camioneta del hombre, cuando éste bajó a comprar, y dijo que la chica estaba “normal”. El imputado, en tanto, admitió haber tenido relaciones con la menor de edad pero afirmó que fue ella quien lo “invitó”. Un indicio que tuvo la justicia para absolver a Coliyán se dio cuando el defensor pidió que se someta a la chica a un examen psicológico para determinar si tenía “tendencia a fabular”. Desde entonces, dice el fallo, “se llevaron a cabo infructuosamente múltiples, reiteradas y diversas medidas para dar con el paradero de la menor y procurar su comparendo ante la psicóloga forense, todo lo cual resultó negativo ante su persistente contumacia”. “Todas las consideraciones me impiden arribar al necesario estado de certeza requerido para emitir una sentencia condenatoria”, opinó en su voto el juez Rolando, a quien adhirieron los otros dos camaristas.


ROCA (AR).- El hombre que había sido acusado de violar a una chica embarazada y que fue juzgado en diciembre por la Cámara Criminal Tercera de Roca resultó absuelto por el beneficio de la duda. Los jueces Aldo Rolando, Fernando Sánchez Freytes y Carlos Vila absolvieron a José Gabriel Coliyán (54) de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con coacción” por los que el fiscal de Cámara Eduardo Scilipoti había pedido la pena de 6 años de prisión. Según la denuncia radicada por el padre, en la noche del 7 de diciembre de 2008 la chica había sido violada por el imputado en su casa de la zona norte de Roca, adonde la jovencita –en su último mes de embarazo– supuestamente había ido porque el hombre le había prometido ropa para el bebé. El segundo hecho denunciado indicaba que tras la violación el imputado la había trasladado en su camioneta hasta la plaza del barrio Alfonsina Storni y que allí, al hacerla descender, le había dicho que “no diga nada porque él sabe que se queda sola y que en algún momento la iba a agarrar de nuevo”. El defensor de Coliyán, Enrique Llanos, había pedido la absolución por considerar que “el hecho no existió”, basándose en numerosas contradicciones entre los testigos y en la versión de su cliente. “Ella les mentía a sus padres para encontrarse con novios en horario escolar, para salir, o respecto de la propia paternidad de su hijo (…) Por lo que surge de la causa la relación fue claramente consentida por la menor”, alegó el defensor. Según el testimonio de familiares de la adolescente, ella regresó a su casa a pie, llorando y desaliñada, afirmando que había sido violada. Como el creyeron, la llevaron la hospital. Pero en declaraciones posteriores los familiares más directos afirmaron que la chica “era de mentir”. Los vecinos de Coliyán nada raro escucharon el día del hecho; los médicos no detectaron lesiones en el imputado ni en la víctima y el playero de una estación de servicios la vio esa noche en la camioneta del hombre, cuando éste bajó a comprar, y dijo que la chica estaba “normal”. El imputado, en tanto, admitió haber tenido relaciones con la menor de edad pero afirmó que fue ella quien lo “invitó”. Un indicio que tuvo la justicia para absolver a Coliyán se dio cuando el defensor pidió que se someta a la chica a un examen psicológico para determinar si tenía “tendencia a fabular”. Desde entonces, dice el fallo, “se llevaron a cabo infructuosamente múltiples, reiteradas y diversas medidas para dar con el paradero de la menor y procurar su comparendo ante la psicóloga forense, todo lo cual resultó negativo ante su persistente contumacia”. “Todas las consideraciones me impiden arribar al necesario estado de certeza requerido para emitir una sentencia condenatoria”, opinó en su voto el juez Rolando, a quien adhirieron los otros dos camaristas.

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