Alivio para el MID: la Justicia avaló la candidatura de Acuña
Revocaron el fallo de la Junta Electoral que había dejado a la ex legisladora fuera de los comicios del próximo 18.
VIEDMA (AV).- Esther Acuña podrá presentarse en las elecciones municipales de Bariloche representando al Movimiento de Integración y Desarrollo y a un sector del justicialismo local. Así lo resolvió el Tribunal Electoral de Río Negro, que hizo lugar ayer a la apelación planteada por el apoderado del MID contra la resolución de la Junta Electoral Municipal barilochense, que inhabilitó a esa agrupación política para participar de los comicios del 18 de este mes.
La diferencia del tamaño de las letras entre las boletas presentadas ante la Junta Electoral y las oficializadas oportunamente fue el fundamento de la Junta para rechazarlas e intimar al partido a presentarlas nuevamente. La segunda presentación tuvo igual análisis del organismo local, que interpretó que no eran exactas al modelo oficializado. De esta manera, las consideró como no presentadas e inhabilitó al partido para participar de las elecciones .
Esa resolución fue apelada ante el Tribunal Electoral provincial por el apoderado del MID Sandro Boi, quien atribuyó el error a la imprenta que las confeccionó. Agregó que no existía intencionalidad política alguna.
Los jueces electorales Juan Pablo Videla, Gustavo Azpeitía y Eduardo Giménez hicieron lugar a la apelación planteada y sostuvieron que los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático y que su creación y el ejercicio de la actividad «son libres dentro del respeto a la Constitución la que garantiza su organización y funcionamiento democrático, representación de las minorías, competencia para la postulación de candidatos, acceso a la información y difusión de sus ideas».
En relación con las boletas sostuvieron que «no se advierten diferencias tipográficas ni fotográficas que impliquen o permitan suponer la obtención de algún tipo de ventaja electoral», enfatizando que en esta oportunidad existe una sola categoría a elegir y que «la dificultad visual que eventualmente puede ocasionar el tamaño de la letra en cuestión no producirá confusión». Además interpretaron que la perentoriedad de los plazos del cronograma electoral «afectan seriamente las posibilidades de lograr reimprimir modelos de boletas idénticos a los oficializados que posibiliten la participación en esa elección del partido apelante».
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