Anulan alta pena por homicidio, por el “principio de humanidad”

La Corte Suprema revirtió la sentencia del Superior Tribunal de Río Negro que había confirmado penas de 21 años de prisión por el crimen de un empleado municipal en Cipolletti. El fundamento: que no se analizó el planteo del defensor contra el monto de las condenas.

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Por el crimen de Sepúlveda, Johnatan y Rafael Figueroa fueron condenados a 21 años de cárcel.

CIPOLLETTI (AC).- La Corte Suprema anuló la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que había confirmado las condenas contra Johnatan y Rafael Figueroa, sentenciados a 21 años de prisión por un homicidio que cometieron en Cipolletti. El eje del fallo fue que el tribunal rionegrino no trató el agravio de la defensa referido justamente al monto de la pena. Ahora los jueces locales tendrán que volver a analizar el caso aplicando el “principio de humanidad de las penas”, pues el máximo tribunal del país consideró que la Cámara Criminal de Cipolletti fijó penas demasiado altas, de sólo cuatro años menos que la máxima legal de 25 años de prisión que prevé el Código Penal para el delito de homicidio simple. En abril de 2014, el STJ rechazó un recurso extraordinario federal y confirmó dos de las condenas de 21 años de prisión que había dictado la Cámara Segunda de Cipolletti por el asesinato del empleado municipal Juan Carlos Sepúlveda. En 2013 ya habían confirmado parte del fallo que condenó a la misma pena a Verónica Figueroa, la mujer que instigó el crimen. Pero semanas atrás la Corte Suprema admitió un recurso de queja de la defensa y consideró que el STJ rionegrino no trató el agravio referido al monto de la pena, fulminando por “arbitraria” por falta de fundamentación la sentencia condenatoria. Ahora los jueces del STJ tendrán que expedirse sobre el “principio de humanidad de las penas”. La defensa pública argumentó que los integrantes de la familia Figueroa actuaron con “dolo eventual” y cuestionó el monto de la pena afirmando en este tipo de casos se deben aplicar condenas “más cercanas al mínimo que al máximo” de la escala penal, que en este caso es de 8 a 25 años. A Johnatan Figueroa lo consideraron autor material del disparo que terminó con la vida de Sepúlveda, y a su tío Rafael lo declararon partícipe primario. En cambio a Verónica, hermana de Rafael, le adjudicaron una participación como instigadora del homicidio. El 23 de noviembre de 2011, alrededor de las 20:40, Verónica Figueroa discutió con Juan Carlos Sepúlveda porque éste había retado a sus hijas, que le habían arrancado una rosas del jardín. Fue en el barrio Anai Mapu de Cipolletti. Al retirarse, la mujer lo amenazó y le dijo que iría a buscar a su hermano y a su sobrino. Unos 10 minutos después aparecieron Rafael y Johnatan en una moto y este último se bajó y efectuó un disparo. Luego siguió gatillando y como no salieron más tiros se fue y regresó a los 5 minutos para efectuar otros tres disparos contra la vivienda. Uno de ellos hirió de muerte a Sepúlveda.


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