No aplicaron la doctrina del STJ y negaron la libertad a condenado a perpetua

Honorio Marín está condenado por violar y matar a una mujer pero su sentencia no está firma porque recurrió a la Corte.

Los jueces Marcelo Barrutia, Miguel Gaimaro Pozzi y Emilio Riat resolvieron ayer no aplicar la doctrina obligatoria del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia como había solicitado el defensor de Honorio Marín, que está condenado a prisión perpetua por la violación y posterior homicidio de María Amalia Guanziroli. El tribunal consideró que aún no está firme el fallo del STJ.

Se trata de la doctrina del STJ que establece que el plazo máximo legal para mantener a una persona en prisión preventiva, cuando no hay sentencia condenatoria firme, es de 3 años y 6 meses.

El defensor oficial de Marín solicitó ayer al tribunal que cumpla con la doctrina obligatoria del STJ y disponga la excarcelación del joven condenado, pero sin sentencia firme porque aún la Corte Suprema no se expidió si hace lugar al recurso de queja que interpuso la defensa.

El STJ admitió a principios de noviembre pasado el recurso de casación interpuesto por el defensor oficial Juan Pablo Laurence, en representación de Marín, y anuló la resolución de la Cámara Criminal Primera de Bariloche, que había desestimado a finales de junio pasado el planteo del cese de la prisión preventiva.

En la sentencia, el STJ ordenó reenviar la causa al tribunal de origen para que, “con la misma integración, continúe el trámite aplicando la doctrina legal vigente, la que le resulta de cumplimiento obligatorio”.

Ayer se hizo la audiencia, donde Laurece pidió al tribunal que acate el fallo. Marín, que no compareció a la audiencia, está detenido con prisión preventiva desde el 27 de julio de 2013.

El fiscal jefe Eduardo Fernández se opuso a concederle la libertad. Dijo que el fiscal general de la provincia interpuso un recurso extraordinario federal para que la Corte Suprema resuelva si es válida la doctrina del STJ.

Indicó que hay un fallo de la Corte donde se apartan del plazo legal y adoptan el plazo judicial para la prisión preventiva. “El fallo del STJ es arbitrario e irrazonable”, sostuvo Fernández. Indicó que hay un informe de psicólogos del penal 3, donde está preso Marín, que advirtió la potencial peligrosidad del interno. El abogado Juan Manuel García Berro, en representación de la querella, adhirió a la fiscalía.

Tras una breve deliberación, los jueces resolvieron que el fallo del STJ no está firme por el recurso que presentó el fiscal general ante la Corte. Dijeron que hay que esperar que la Corte resuelva primero para no incurrir “en una posible contradicción jurisdiccional” entre la Corte y el STJ, lo que generaría “un escándalo jurídico”. Por eso, rechazaron el pedido de excarcelación de Marín hasta que la sentencia del STJ sobre los plazos de la prisión preventiva quede firme,

Barrutia recordó que el caso Marín es “sumamente complejo, muy especial, porque el juicio se hizo en tiempo oportuno y fue condenado por unanimidad”. Y advirtió que esa condena fue confirmada por el STJ. “El derecho debe ser interpretado siempre a la luz del sentido común”, sostuvo Barrutia.

Marín fue condenado a finales de junio de 2015 a prisión perpetua como autor del homicidio de Guanziroli tras haberla sometido a una violación. El STJ confirmó en diciembre de 2016 la sentencia condenatoria.

El brutal crimen de Guanziroli ocurrió la mañana del 26 de julio de 2013, en el barrio San Ignacio del Cerro. La víctima tenía 68 años y estaba sola e indefensa. Marín la conocía porque le había hecho trabajos de jardinería.


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